DECRETO 111 2009
Síntesis:
ACEPTA LA RENUNCIA PRESENTADA POR EDUARDO MORENO - SUBSECRETARIO DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE - DESIGNA - JORGE NORVERTO -MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS
Publicación:
13/02/2009
Sanción:
10/02/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/GCBA/07 y el Decreto 2.102/GCBA/07, y el Expediente N° 6.501/09, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/GCBA/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.102/GCBA/07, se designó al Arq. Eduardo José Moreno como Subsecretario de Transporte;
Que según surge de los presentes actuados el Arq. Eduardo José Moreno, L.E. N° 5.189.309, CUIL. 20-05189309-4, presentó su renuncia a partir del 4 de Febrero de 2.009, al cargo de Subsecretario de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que, como consecuencia de lo expresado dicho cargo se encuentra vacante;
Que a tal efecto el Ministerio de Desarrollo Urbano, propicia a partir de la citada fecha, la designación del Arq. Jorge Braulio Norverto, D.N.I. 11.303.542, CUIL 20-11303542-1, como Subsecretario de Transporte, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 4 de febrero de 2.009, la renuncia presentada por el Arq. Eduardo José Moreno, L.E. 5.189.309, CUIL. 20-05189309-4, al cargo de Subsecretario de Transporte, deja partida 3031.0004.S.99.S03.
Artículo 2°.- Desígnase a partir del 4 de Febrero de 2.009, al Arq. Jorge Braulio Norverto, D.N.I. 11.303.542, CUIL 20-11303542-1 como Subsecretario de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano, partida 3031.0004.S.99.S03.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos y al Ministerio de Desarrollo Urbano.