DECRETO 838 2009
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA DE JORGE BRAULIO NORVERTO AL CARGO DE SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE - DESIGNA A GUILLERMO JAVIER DIETRICH EN EL CITADO CARGO
Publicación:
25/09/2009
Sanción:
22/09/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: El Expediente N° 45.935/09, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, según surge de los presentes actuados el Arquitecto Jorge Braulio Norverto, D.N.I. 11.303.542, CUIL. 20-11303542-1, presentó su renuncia a partir del 4 de agosto de 2.009 al cargo de Subsecretario, de la Subsecretaría de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que, asimismo, en virtud de que el citado cargo se encuentra vacante, el Ministerio que nos ocupa, propone cubrir el mismo;
Que, a tal efecto propicia la designación a partir de la citada fecha, del Licenciado Guillermo Javier Dietrich, D.N.I. 20.618.038, CUIL. 20-20618038-3, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Que, por lo expuesto corresponde el dictado de la pertinente norma legal.
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 4 de agosto de 2.009, la renuncia presentada por el Arquitecto Jorge Braulio Norverto, D.N.I. 11.303.542, CUIL. 20-11303542-1, al cargo de Subsecretario, de la Subsecretaría de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano, deja partida 3031.0004.S.99 S.03.
Artículo 2°.- Desígnase a partir del 4 de agosto de 2.009, al Licenciado Guillermo Javier Dietrich, D.N.I. 20.618.038, CUIL. 20-20618038-3, como Subsecretario, de la Subsecretaría de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano, partida 3031.0004.S.99 S.03
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Urbano y de Hacienda, y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.