RESOLUCIÓN 8582 2008 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS PROFESORADOS DE MÚSICA CON ESPECIALIDAD EN INSTRUMENTO - EDUCACIÓN MUSICAL - ARTE CERÁMICO -DANZAS CLÁSICAS Y CONTEMPORÁNEAS - DANZAS FOLKLÓRICAS - TANGO -ARTES VISUALES - ARTES VISUALES - ESPECIALIZACIÓN EN DIBUJO - PINTURA -ESCULTURA - GRABADO - ARTES COMBINADAS - FORMACIÓN DOCENTE - INSTITUTO SUPERIOR METROPOLITANO DE ARTE - EBA - LOLA MORA - MANUEL BELGRANO - ROGELIO YRURTIA - ESCUELA DE CERÁMICA - FERNANDO ARRANZ - ESCUELA DE DANZAS AIDA MASTRAZZI - ESCUELA DE DANZAS 2 -JORGE DONN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
18/02/2009
Sanción:
31/12/2008
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Carpeta N° 9.720/2008, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1380/08 a partir del ciclo lectivo 2009 se crea el Instituto Superior Metropolitano de Arte, en las carreras de Música, Danza, Cerámica, Artes Visuales y Teatro, en el ámbito de la Dirección de Educación Artística del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que hasta la fecha en la jurisdicción los títulos de maestro en cada una de las especialidades artísticas -dibujo, cerámica, danzas, música- son obtenidos con estudios de nivel medio en las instituciones dependientes de esa Dirección de Educación Artística;
Que a partir de la cohorte 2009, la validez nacional de esos títulos, estudios y certificados será otorgada previo cumplimiento de los requisitos establecidos a esos efectos por el Decreto PEN N° 144/2008;
Que en este marco, debe precisarse que el Consejo Federal de Educación, a través de la Resolución CFE N° 24/07 que aprueba el documento Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial fija el marco regulatorio y anticipatorio de los diseños curriculares jurisdiccionales;
Que dicho Documento establece una carga horaria y una nueva organización curricular - en dos niveles y tres campos de formación- para garantizar la validez nacional de las titulaciones;
Que la Ciudad de Buenos Aires asumió el compromiso político de propiciar el debate y el trabajo para generar una propuesta curricular en diálogo con las regulaciones estatales y las prioridades jurisdiccionales;
Que durante el ciclo 2008 los equipos docentes de las instituciones dependientes de la Dirección de Educación Artística y de la Dirección de Currícula y Enseñanza de la Dirección General de Planeamiento Educativo revisaron y reformularon en conjunto, los planes de estudio correspondientes al nivel medio de esa modalidad con el fin de actualizarlos y traspasar la formación docente a nivel terciario;
Que la Ley N° 33 faculta al Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires a realizar modificaciones de contenidos y carga horaria de los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por dicho organismo;
Que sin perjuicio de lo expuesto resulta conveniente que la implementación de los presentes planes de estudio tenga carácter experimental, a efectos de comprobar el efectivo logro de los propósitos enunciados en su fundamentación;
Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Planeamiento Educativo a través de la Dirección de Currícula y Enseñanza y la Dirección de Educación Artística;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
Artículo 1°.-Apruébanse para la Formación Docente los planes de estudio de los Profesorados de Música -con especialidad en instrumento-, Profesorado de Educación Musical, Profesorado de Arte Cerámico, Profesorado de Danzas Clásicas y Contemporáneas, Profesorado de Danzas Folklóricas y Tango, Profesorado de Artes Visuales, Profesorado de Artes Visuales con Especialización en Dibujo, o en Pintura, o en Escultura, o en Grabado, o en Artes Combinadas, de conformidad con los propósitos, estructura curricular, títulos que otorgan, alcances, condiciones de ingreso y duración de las carreras que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.-Autorízase la implementación con carácter experimental a partir del ciclo lectivo 2009 de los planes de estudio aprobados por el artículo 1° en el Instituto Superior de Arte Metropolitano -dependiente de la Dirección de Educación Artística del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires con sede en:
Artes Visuales:
EBA LOLA MORA (Soldado de la Frontera 5155).
EBA MANUEL BELGRANO (Wenceslao Villafañe 1342).
EBA ROGELIO YRURTIA (J. B. Alberdi 4754).
Música:
ESCUELA DE CERÁMICA FERNANDO ARRANZ (A. Magariños Cervantes 5068).
ESCUELA DE DANZAS AIDA MASTRAZZI (Esmeralda 285).
ESCUELA DE DANZAS N° 2 JORGE DONN (A. Magariños Cervantes 5068).
Artículo 3°.-Encomiéndase a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal (a través de la Dirección de Educación Artística) y de Planeamiento (por intermedio de la Dirección de Currícula y Enseñanza), en forma conjunta el seguimiento y evaluación de la experiencia, hasta la finalización del ciclo lectivo 2012, emitiendo opinión fundada respecto de la conveniencia de dar continuidad a los planes de estudio implementados.
Artículo 4°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese con copia a la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, a la Subsecretaría de Gestión Económico y Financiera y Administración de Recursos y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Narodowski