RESOLUCIÓN 356 2009 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA EL NUEVO FORMULARIO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO DE USO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS EFECTORES DE SALUD

Publicación:

02/03/2009

Sanción:

04/02/2009

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley N° 2506/07, las Resoluciones N° 437 y N° 1556/ MSGC/2008 y el

Registro N° 13809/MSGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 437 / MSGC / 2008 se aprobó el formulario de Consentimiento

Informado de uso obligatorio para todos los efectores de salud dependientes de este

Ministerio, estableciéndose un plazo de sesenta días para su implementación ;

Que por Resolución N° 1556 / MSGC / 2008 se prorrogó por el término de ciento

ochenta días el plazo fijado en la Resolución citada precedentemente, tomando nueva

intervención la Comisión Asesora Médico Legal;

Que la Comisión interviniente elaboró un informe, proponiendo algunos cambios al

referido documento;

Que con las modificaciones producidas al formulario aprobado oportunamente se

recepcionan las sugerencias y demandas de los representantes de profesionales

médicos de los efectores de salud;

Que resulta necesario definir una correcta y clara ficha técnica y determinar requisitos de calidad para cada producto aplicable en todo el ámbito de los efectores

dependientes de este Nivel;

Que por lo referido, con las modificaciones introducidas, resulta imprescindible la

aprobación del nuevo formulario de Consentimiento Informado ;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete conforme a lo

establecido en la Ley N° 1218 / 03 .

Por ello, en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE SALUD

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el nuevo formulario de Consentimiento Informado con las

modificaciones introducidas, de uso obligatorio para todos los efectores de salud

dependientes de este Ministerio, que obra como Anexo I y forma parte integrante de la

presente, sustituyéndose el que fuera aprobado por Resolución N° 437 / MSGC / 08.

Artículo 2°.- Establécese que el nuevo formulario aprobado como Anexo del artículo 1°

deberá implementarse a partir del 1° de Marzo de 2009.

Artículo 3°.- Infórmese a los establecimientos hospitalarios que los miembros de la Comisión Asesora Médico Legal conjuntamente con los representantes de la Asociación de Médicos Municipales quedan facultados para la instrucción del procedimiento a seguir a fin de poner en práctica el formulario aprobado en el Artículo 1°.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación a los efectores dependientes de este Ministerio, pase a la Direcciones Generales Adjuntas Regiones Sanitarias I, II , III y IV. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3126

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 356-MSGC-09-Aprueba el nuevo formulario de consentimiento informado y sustituye al aprobado por Res 437-MSGC-08
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 563-MSGC-18 aprueba el nuevo formulario de consentimiento informado, sustituyendo al aprobado por Resolución 356-MSGC-09.</p>