RESOLUCIÓN 563 2018 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA NUEVO FORMULARIO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO - CASOS ESPECÍFICOS - PACIENTES - INTERNACIÓN - TERAPIA DE OXÍGENO DOMICILIARIA - COBERTURA - SALUD INCLUIR - PAMI -  USO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS EFECTORES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

03/04/2018

Sanción:

20/03/2018

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ley Básica de Salud N° 153 (Texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N°

208/01, el Decreto N° 2.316/03, la Resolución N° 356/MSGC/2.009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Básica de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su

artículo 1° que tiene por objeto garantizar el derecho a la salud integral, mediante la

regulación y ordenamiento de todas las acciones conducentes a tal fin;

Que mediante artículo 4° del mismo cuerpo normativo, se enumeran los derechos de

las personas en relación al sistema de Salud, colocando en su inciso h) la solicitud

efectuada por el profesional actuante del consentimiento informado del paciente,

previo a la práctica de estudios o tratamientos;

Que el Decreto N° 208/01 aprobó la reglamentación de la mencionada Ley;

Que por Decreto N° 2.316/03 fue modificado el artículo 4° inciso h) de dicha

reglamentación;

Que previo a la firma del consentimiento informado, el médico tratante deberá poner

en conocimiento del paciente los riesgos significativos asociados y posibilidades

previsibles de evolución, como así también, métodos alternativos de atención;

Que la Resolución N° 356/MSGC/09 sustituyó a la Resolución N° 437/MSGC/08 que

aprobó el formulario único de Consentimiento Informado de uso obligatorio en todos

los efectores dependientes de este Ministerio de Salud;

Que FACOEP SE es una sociedad del estado, que entre sus funciones, es la

encargada de ejecutar los acuerdos que celebre el Ministerio de Salud de la Ciudad

con entes de cobertura de salud para los sujetos con cápita CABA pertenecientes a

Incluir Salud y Pami;

Que resulta necesario que el paciente y/o familiar o tutor a cargo del mismo brinden un

consentimiento escrito para la modalidad de internación domiciliaria.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, de conformidad con el artículo 8°

inciso 7 de la Ley de Ministerios N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666),

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese el nuevo formulario de Consentimiento Informado, para los

casos específicos de pacientes que requieran internación o terapia de oxígeno

domiciliaria, que poseen la cobertura de Salud Incluir o PAMI; de uso obligatorio en

todos los efectores de salud dependientes de este Ministerio, que obra como Anexo I (

IF-2018-07540084- -DGCTFS ) y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Notifíquese a FACOEP S.E. y a los efectores dependientes de este Ministerio.

Cumplido, archívese. Bou Pérez

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5345

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 563-MSGC-18 aprueba el nuevo formulario de consentimiento informado, sustituyendo al aprobado por Resolución 356-MSGC-09.</p>