RESOLUCIÓN 471 2009 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA SOLICITUD PRIMERA REDETERMINACIÓN PROVISORIA DE PRECIOS CONTRACTUALES - INTERPUESTA POR EMPRESA ADJUDICATARIA SES SA - OBRA - SERVICIO DE GESTIÓN OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL RECURSO FÍSICO - PREDIO INFRAESTRUCTURA EQUIPOS Y LIMPIEZA - HOSPITAL ODONTOLÓGICO JOSÉ DUEÑAS - LICITACIÓN PÚBLICA N° 539-2005 - EXPEDIENTE N° 54301-2004 - ESTABLECE PORCENTAJE DE INCREMENTO PROVISORIO
Publicación:
13/03/2009
Sanción:
11/02/2009
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 471 - MSGC/09
Buenos Aires, 11 de febrero del 2009.
VISTO: el Decreto N° 398/08, y su modificatorio N° 479/08, el Decreto N° 1.123/08, la Resolución N° 801-MHGC/08, la Resolución N° 2.849/MHGC/08 y el Registro N° 6271/MSGC/08 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa SES S.A., es adjudicataria del Servicio de Gestión, Operación y
Mantenimiento del Recurso Físico (Predio, Infraestructura, Equipo y Limpieza) del Hospital Odontológico Municipal José Dueñas, Licitación Pública N° 539/2005 - Expediente N° 54.301/2004, en virtud de la Resolución Conjunta N° 869/MSGC-MHGC/2008;
Que la empresa, a través de los Registros N° 4464/MSGC/08 y 6271/MSGC/08 e incorporados, solicitó la primer redeterminación provisoria de precios de dicho Adicional, invocando el Decreto N° 398-GCBA-08 que establece tal mecanismo, y la Resolución N° 801-MHGC-08 que lo reglamenta;
Que, a tal efecto, mediante el citado registro, acompañó en debida forma la documentación estipulada en el artículo 3° de la citada Resolución;
Que la Jurisdicción, a través de la Dirección General de Recursos Físicos en Salud, ha tomado la intervención prevista en el artículo 5° de la reglamentación, verificando el cumplimiento de los recaudos del art. 3° de dicha normativa en la presentación de la contratista, así como la representación invocada por el presentante y la veracidad de la documentación contractual presentada, certificando la inexistencia de incumplimientos o disminuciones del ritmo de ejecución de la obra por parte del contratista; sobre dichas bases aconsejó la prosecución del trámite, adjuntando las constancias de la imputación de los créditos que comprometerá el presente trámite, en su etapa definitiva;
Que dicha unidad de organización, en base al análisis de la documentación presentada estimó la variación de los precios del contrato en el trece con cincuenta y siete por ciento (13,57 %) a partir del mees de Junio de 2008;
Que se ha realizado la correspondiente imputación presupuestaria;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley 1218 y el Decreto N° 752/2008 .
Por ello y conforme las facultades que en tales términos le confiere el Decreto N° 948/08 y el Decreto N° 1.123/08,
EL MINISTRO DE SALUD
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Apruébase, de conformidad con lo previsto por el artículo 1° del Decreto N° 398/08, la solicitud de la primer redeterminación provisoria de precios contractuales interpuesta por la firma SES S.A., para la Obra: Servicio de Gestión, Operación y Mantenimiento del Recurso Físico (Predio, Infraestructura, Equipos y Limpieza) del Hospital Odontológico Municipal José Dueñas - Licitación Pública N° 539/2005 - Expediente N° 54.301/2004, contratada en el marco de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.
Artículo 2°.- Establécese el porcentaje de incremento provisorio determinado en el trece con cincuenta y siete por ciento (13,57 %) del precio básico, para el faltante de obra a partir del mes de Junio de 2008.
Artículo 3°.- Comuníquese a la contratista que dentro de los treinta (30) días de notificada de la presente resolución deberá dar comienzo a la tramitación de la redeterminación definitiva que corresponda, según lo establece el artículo N° 8 de la Resolución N° 801/MHGC/2008.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, notifíquese a la contratista y comuníquese a la Dirección General de Redeterminación de Precios, pase a la Dirección General Adjunta de Recursos Físicos en Salud a sus efectos y a los fines de dar oportuna intervención a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda. Lemus