DECRETO 146 2009
Síntesis:
SE APRUEBA PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 2.009 DE LA ENTIDAD BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
10/03/2009
Sanción:
02/03/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad y el Decreto N° 1.000-GCBA-1999, reglamentario de la citada norma, el Expediente N° 75.459/2008 y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2009 formulado por la entidad BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES., actuante en el Ministerio de Hacienda;
Que la Ley N° 70 y su Decreto Reglamentario N° 1000-GCABA-99 (BOCBA N° 704) determinan la obligatoriedad que tienen las máximas autoridades de las Empresas y Sociedades con participación mayoritaria del Estado de remitir, antes del 30 de setiembre de cada año, el proyecto de presupuesto anual que regirá su gestión durante el ejercicio siguiente, para ser sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo y publicarlo luego, en síntesis, en el Boletín Oficial;
Que mediante el Decreto N° 385-GCABA-08 se aprobó como Anexo III del mismo el cronograma de acciones para la elaboración de los proyectos de presupuesto de gestión, de financiamiento y gastos de las empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado sea parte en las decisiones societarias;
Que el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, expone las premisas económicas que se han tenido en cuenta para la elaboración de su presupuesto, el detalle de sus ingresos y egresos, la dotación de personal, las inversiones a realizar, los estados de resultado proyectado, de situación patrimonial y el de flujo de efectivo para dicho período;
Que obra en el expediente citado en el Visto, de conformidad con lo establecido por el articulo 75 de la Ley 70, el informe favorable de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, por considerar que el proyecto de presupuesto del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES carece de desvíos significativos y se encuadra dentro de la políticas plasmadas por el Departamento Ejecutivo;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Art. 1°- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2009 de la Entidad BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, actuante en el Ministerio de Hacienda, de acuerdo al detalle que figura en los anexos I y II, y que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2° - Estimase en la suma de pesos setecientos sesenta y seis millones trescientos treinta y tres mil ciento ochenta y dos ($ 766.333.182) los ingresos de operación y fijase en la suma de quinientos cuarenta y nueve millones novecientos noventa y tres mil seiscientos setenta y cinco ($ 549.993.675), los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el resultado operativo estimado en doscientos dieciséis millones trescientos treinta y nueve mil quinientos siete ($216.339.507), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II al presente decreto.
Art. 3° - Estimase en la suma de pesos setecientos sesenta y seis millones trescientos treinta y tres mil ciento ochenta y dos ($766.333.182), los ingresos corrientes y fijase en la suma de pesos quinientos cuarenta y nueve millones novecientos noventa y tres mil seiscientos setenta y cinco ($549.993.675) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el resultado económico estimado en pesos doscientos dieciséis millones trescientos treinta y nueve mil quinientos siete ($216.339.507), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II al presente decreto.
Art. 4° - Estimase en la suma de pesos ciento veinte millones cuatrocientos setenta y siete mil ciento treinta y uno ($120.477.131), los gastos de capital, planificándose en conjunción con el Resultado Económico establecido en el articulo 3° del presente decreto, un Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el ejercicio 2009 de pesos noventa y cinco millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos setenta y seis ($ 95.862.376), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del anexo II al presente decreto.
Art. 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 6°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.
NOTA: El Anexo de la presente puede consultarse en la Separata del BO 3132, del 10-3-2009