DECRETO 385 2008

Síntesis:

SE FIJA CRONOGRAMA PARA EL EJERCICIO 2009 - SE CONSTITUYE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y ELABORACIÓN DE PRESUPUESTO - COSEPRE - PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO - PROGRAMA GENERAL DE ACCIÓN DE GOBIERNO - PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2.009-2.011 - FORMULACIÓN - INTEGRANTES

Publicación:

21/04/2008

Sanción:

14/04/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el artículo 53 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 50 de la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (B.O.C.B.A. N° 539) y su Decreto Reglamentario N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704), y

CONSIDERANDO:

Que tanto el artículo 53 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como el artículo 50 de la Ley N° 70 disponen la presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto ante el Poder Legislativo antes del 30 de septiembre del año anterior al que regirá;

Que, asimismo, en el artículo 21 de la citada Ley N° 70 y su reglamentación, Decreto N° 1.000/99, se establece que el Programa General de Acción de Gobierno y el Plan Plurianual de Inversiones deben ser aprobados junto con la Ley de Presupuesto;

Que, conforme el inciso 4° del artículo 8° de la Ley N° 2.506, la intervención en la preparación del proyecto de presupuesto del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad se encuentra entre las funciones comunes a todos los Ministros;

Que, en tal sentido, resulta necesario programar con exactitud las actividades para hacer efectiva esa participación, tendiente a asegurar un enfoque económico y fiscal integral, así como elaborar en tiempo y forma el Proyecto de Ley de Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2009, el Programa General de Acción de Gobierno y el Plan Plurianual de Inversiones 2009-2011;

Que, la coordinación de la formulación presupuestaria es responsabilidad directa del Ministerio de Hacienda en su carácter de órgano rector de los Sistemas de Gestión y Administración Financiera;

Por ello, en uso de las facultades legales fijadas en el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Fíjase el cronograma para la Formulación del Programa General de Acción de Gobierno, el Plan Plurianual de Inversiones 2009-2011 y el Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2009, el que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - Delégase en el Ministerio de Hacienda la aprobación de las normas y procedimientos que resulten necesarios para organizar las tareas de formulación del Programa General de Acción de Gobierno, el Plan Plurianual de Inversiones 2009-2011 y el Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2009. Dicho Ministerio, asimismo, se constituirá como autoridad de aplicación de las disposiciones aludidas precedentemente.

Artículo 3° - Constitúyese la Comisión de Seguimiento y Elaboración del Presupuesto (COSEPRE), la que estará integrada por los funcionarios que se detallan en el Anexo II que integra el presente decreto, y será coordinada por el señor Subsecretario de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.

Los funcionarios que se detallan en el Anexo II serán responsables del seguimiento y la aplicación de las políticas presupuestarias a definirse para la formulación del proyecto de presupuesto y del cumplimiento de las tareas y fechas establecidas en el cronograma del Anexo I del presente.

En caso ser necesario, la COSEPRE podrá requerir la colaboración de funcionarios de otras reparticiones no mencionados en el Anexo, así como adecuar el cronograma al avance de tareas a efectos de asegurar su finalización oportuna.

Artículo 4° - Apruébase un cronograma de acciones para la elaboración de los proyectos de presupuesto de gestión, de financiamiento y gastos de las empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado sea parte en las decisiones societarias (art. 82, Ley N° 70), el que como Anexo III forma parte integrante del presente.

Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros y el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 6° - Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, cúrsese nota de estilo a los Poderes Legislativo y Judicial, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y remítase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien procederá a efectuar las comunicaciones pertinentes a las distintas jurisdicciones y organismos comprendidos en el artículo 4° de la Ley N° 70. Cumplido, archívese por el término de cinco años.


ANEXOS

ANEXO I

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ANEXO II

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ANEXO III

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Dec.726-08 Modifica arts. 2 y 3 , sustitute el anexo 1 del Dec. 385-08 Cronograma para elejercicio fiscal 2009
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 385-09, fija el cronograma para el Presupuesto para el Ejercicio 2009, aprobado por Ley 2999.</p>
INTEGRADA POR
Dto 146-09 aprueba Presupuesto Ejercicio 2.009 Banco de la Ciudad, según cronograma, Anexo III del Dto 385-08
INTEGRADA POR
Dto 148-09 aprueba Presupuesto Ejercicio 2.009 Autopistas Urbanas, según cronograma, Anexo III del Dto 385-08.
INTEGRADA POR
El Decreto N° 206-09 aprueba presupuesto ejercicio 2009 empresa Corporación Buenos Aires Sur SE de acuerdo cronograma Anexo III Decreto 385-08
INTEGRADA POR
El Decreto N° 209-09 aprueba presupuesto ejercicio 2009 Empresa Subterráneos de Buenos Aires SE de acuerdo cronograma Anexo III Decreto 385-08