DECRETO 176 2009
Síntesis:
DESIGNA A LOS NUEVOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A PARTIR DEL 9 DE MARZO DE 2009 -OBSBA-
Publicación:
26/03/2009
Sanción:
09/03/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 472 y su modificatoria N° 627, la Ley N° 2637, los Decretos Nros.
20/08 y 819/08 y el Expediente N° 1738/08 y su acumulado N° 128/08, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 472 y su modificatoria N° 627 se creó la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A), continuadora del entonces Instituto Municipal de Obra Social (I.M.O.S), con carácter de ente público no estatal;
Que dicha norma establece que la obra social es administrada por un Directorio, integrado por un presidente, un vicepresidente y diez directores, todos los cuales son designados por el Poder Ejecutivo;
Que, a su vez, dispone que el Presidente y cuatro Directores son propuestos por el Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires, un Director por la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires y que el Vicepresidente y cuatro Directores son propuestos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, se fija la duración del mandato del Directorio en cuatro años, pudiendo ser reelegidos sus integrantes sólo una vez y se estipula que los designados en una instancia posterior al inicio de tareas del cuerpo orgánico finalizarán sus mandatos al expirar el plazo del Directorio en ejercicio a la fecha de su nombramiento;
Que el último Directorio fue designado por Decreto N° 206/07, iniciando su mandato el 1° de febrero de 2007;
Que posteriormente por Decretos Nros. 2132/08 y 2133/08 se establecieron ceses y designaciones en el mismo;
Que por Ley N° 2637 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultó al Poder Ejecutivo a intervenir la mencionada Obra Social por el término de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables por similar plazo, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto por los artículos 37 y 38 de la Ley N° 472.
Que, en ese sentido, por Decreto N° 20/08 se dispuso la referida Intervención, estipulándose, a su vez, el cese en sus funciones del Directorio en ejercicio a ese momento y por Decreto N° 819/08 se prorrogó la misma por los plazos detallados precedentemente;
Que a fin de asegurar la libre opción de obra social a los afiliados activos comprendidos en la mencionada Ley N° 472 se ha remitido proyecto de ley al Cuerpo Legislativo mediante Mensaje N° 159/08;
Que, habiendo finalizado la Intervención con fecha 08/03/09, corresponde proceder a la designación del Directorio de la Obra Social;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° de la Ley N° 472,
Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 09/03/09, como miembros del Directorio de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, a las siguientes personas, en el modo y forma que se detalla a continuación:
Presidente: Dr. Juan Carlos Mabilia, D.N.I. N° 12.685.313
Vicepresidente: Dr. Carlos Alfredo Samaniego, D.N.I. N° 11.478.244
Directores por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:
Sr. Jorge Andrés Rey, D.N.I. N° 5.516.390
Sr. Mario José Saez, D.N.I. N° 10.533.399
Sr. Eduardo Alberto Barragán, D.N.I. N° 16.942.985
Sr. Javier Ezequiel Bogao, D.N.I. N° 11.528.907
Directores por el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires:
Sr. Juan Carlos Cela, D.N.I. N° 4.263.258
Dra. María Cristina Sosa, D.N.I. N° 5.963.970
Arq. Horacio López Gaschetto, D.N.I. N° 10.923.804
Dr. Aníbal Torretta, D.N.I. N° 20.610.651
Director por la Asociación de Médicos Municipales:
Sr. Alberto Jorge Lavrut, D.N.I. N° 10.901.183
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, al Ministerio de Hacienda y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.