DECRETO 893 2009

Síntesis:

SE ESTABLECE EL CESE DEL TITULAR DEL CARGO DE PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DESIGNACIÓN DE REEMPLAZANTE - OBSBA - CESE DE FUNCIONARIOS - JUAN MARCOS MABILIA - JUAN CARLOS CELA - JOSÉ PÉREZ

Publicación:

16/10/2009

Sanción:

09/10/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 472 y su modificatoria N° 627, la Ley N° 2637, los Decretos Nros. 20/08, 819/08 176/09, 507/09 y 571/09 y el Expediente N° 1.219.824/09, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 472 y su modificatoria N° 627 se creó la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A), continuadora del entonces Instituto Municipal de Obra Social (I.M.O.S), con carácter de ente público no estatal;

Que dicha norma establece que la obra social es administrada por un Directorio, integrado por un presidente, un vicepresidente y diez directores, todos los cuales son designados por el Poder Ejecutivo;

Que, a su vez, dispone que el Presidente y cuatro Directores son propuestos por el Sindicato único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires, un Director por la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires y que el Vicepresidente y cuatro Directores son propuestos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, se fija la duración del mandato del Directorio en cuatro años, pudiendo ser reelegidos sus integrantes sólo una vez y se estipula que los designados en una instancia posterior al inicio de tareas del cuerpo orgánico finalizarán sus mandatos al expirar el plazo del Directorio en ejercicio a la fecha de su nombramiento;

Que el último Directorio fue designado por Decreto N° 206/07, iniciando su mandato el 1 ° de febrero de 2007;

Que posteriormente por Decretos Nros. 2132/08 y 2133/08 se establecieron ceses y designaciones en el mismo;

Que por Ley N° 2637 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultó al Poder Ejecutivo a intervenir la mencionada Obra Social por el término de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables por similar plazo, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto por los artículos 37 y 38 de la Ley N° 472.

Que, en ese sentido, por Decreto N° 20/08 se dispuso la referida Intervención, estipulándose, a su vez, el cese en sus funciones del Directorio en ejercicio a ese momento y por Decreto N° 819/08 se prorrogó la misma por los plazos detallados precedentemente;

Que a fin de asegurar la libre opción de obra social a los afiliados activos comprendidos en la mencionada Ley N° 472 se remitió proyecto de ley al Cuerpo Legislativo mediante Mensaje N° 159/08, sancionándose, en ese sentido, la Ley N° 3021;

Que, habiendo finalizado la Intervención con fecha 08/03/09, por Decretos Nros 176/09, 507/09 y 571/09 se designó al Directorio vigente de la Obra Social;

Que, el Sindicato Unico de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires solicita el reemplazo del Dr. Juan Marcos Mabilia, D.N.I. 12.685.313, por el Sr. Juan Carlos Cela, D.N.I. N° 4.263.258, como Presidente del aludido Directorio conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 472,

Que, en virtud de lo requerido, corresponde el cese del Sr. Cela como Director por lo que el referido Sindicato solicita la designación del Sr. José Pérez, D.N.I. N° 11.574.058, en dicho cargo;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución Autónoma de Buenos Aires y de las atribuciones asignadas por el artículo 6° de la Ley N° 472,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Cese el Dr. Juan Marcos Mabilia, D.N.I. N° 12.685.313, en su designación como Presidente del Directorio de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Designase al Sr. Juan Carlos Cela, D.N.I. N° 4.263.258, como Presidente de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, cesando como Director de la misma.

Artículo 3°.- Desígnase al Sr. José Pérez, D.N.I. N° 11.574.058, como Director de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires por el Sindicato Unico de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, al Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESA
Dto 893-09 establece el cese de Mabilia, designado por Dto 176-09