RESOLUCIÓN 47 2009 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ADICIONALES FUNCIONARIOS - SUPLEMENTOS - SUELDOS - GRATIFICACIÓN ANUAL EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA - CALIFICACIÓN DE DESEMPEÑO GENERAL - EVALUACIÓN
Publicación:
30/01/2009
Sanción:
26/01/2009
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO:
Los Decretos N° 664/08 y N° 1.143/08, la Resolución Conjunta N° 1.788-MJGGC-MHGC/08 y el Expediente N° 2.066/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° del Decreto N° 664/08 se estableció el otorgamiento de una Gratificación Anual Extraordinaria no remunerativa por cumplimiento de los Objetivos de Gestión de hasta dos sueldos y medio para los cargos de Ministro, Secretario, Subsecretario, Director General y niveles equivalentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, en la mencionada norma se designó a esta Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación del referido Sistema y se la facultó a dictar las normas reglamentarias, complementarias e interpretativas necesarias a los fines del eventual otorgamiento de la gratificación establecida;
Que mediante el Decreto N° 1.143/08 y la Resolución Conjunta N° 1.788-MJGGC-MHGC/08 se implementó la Evaluación de Desempeño Anual establecida en el artículo 33 de la Ley N° 471;
Que, en este orden de ideas, se realizó la evaluación de desempeño del personal jerárquico, a través del cual se establece una medida de los aportes y logros de los miembros de la organización de acuerdo a una filosofía basada en la misión, visión y conformación de objetivos estratégicos propuestos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en ese marco, se propone la implementación del Sistema de Gratificación Anual Extraordinaria por Cumplimiento de los Objetivos de Gestión, para los cargos de Director General y niveles equivalentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta el puntaje obtenido en la Evaluación de Desempeño del año 2008.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 664/08,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
Artículo 1°.- Otórgase una Gratificación Anual Extraordinaria no remunerativa por Cumplimiento de Objetivos de Gestión correspondiente al año 2008 para el cargo de Director General y nivel equivalente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Fíjase la Gratificación Anual Extraordinaria del artículo precedente de acuerdo a la Calificación de Desempeño General establecida en la Evaluación de Desempeño, correspondiendo 2 sueldos a una calificación 5-Sobresaliente, 1,5 sueldos a una calificación 4-Muy Satisfactorio y 1 sueldo a una calificación 3-satisfactorio.
Artículo 3°.- Los Directores Generales o nivel equivalente percibirán la Gratificación Anual Extraordinaria siempre que reúnan los siguientes requisitos: a) sean empleados del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al momento de su liquidación aunque a esa fecha se encuentren ejerciendo otro cargo y b) se hubieran desempeñado en el cargo durante seis (6) meses como mínimo durante el año 2008.
Artículo 4°.- En los casos de Directores Generales o nivel equivalente que se hayan desempeñado en el cargo por un período inferior al año, la Gratificación Anual Extraordinaria será calculada de acuerdo a la escala del artículo 2° precedente en forma proporcional.
Artículo 5°.- Los Directores Generales o nivel equivalente cuyo desempeño general haya sido evaluado con puntaje 1-Insatisfactorio o 2-Poco Satisfactorio no serán beneficiarios de la Gratificación Anual Extraordinaria.
Artículo 6°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Procuración General y demás organismos dependientes del Poder Ejecutivo. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Modernización del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a las Direcciones Generales de Administración de Recursos Humanos y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.