LEY 3012 2009

Síntesis:

SUSTITUYE ARTÍCULO 16° ORDENANZA N° 36432 -PERSONAL DOCENTE EN ACTIVIDAD - BONIFICACIONES POR AÑOS DE SERVICIO

Publicación:

20/04/2009

Sanción:

05/03/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/04/2009

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Sustitúyase el Artículo 16° de la Ordenanza N° 36.432 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

?El personal docente en actividad, cualquiera sea el cargo o categoría en que reviste, percibirá las bonificaciones por años de servicio según lo establecido en el Estatuto Docente, Ordenanza N° 40.593, modificatorias y decretos reglamentarios.

Estas bonificaciones se liquidarán sobre la asignación correspondiente al cargodesempeñado y regirán a partir del mes siguiente a la fecha en que se cumplan lostérminos fijados para cada período.?

Art. 2°.- A los fines de la implementación de la presente se imputarán las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 3°.- Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 16 de abril 2009.

En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 3012 (Expediente N° 17.164/2009), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 5 de marzo de 2009, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de abril del corriente año.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Educación y de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Ley 3012, sustituye el art. 16 de la Ordenanza 36432.