RESOLUCIÓN 8037 2008 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS - CARRERA DE GUÍAS DE TURISMO AVENTURA O GUÍAS DE TURISMO TREKKING EN CORDILLERAS - PRIMERA ESCUELA DE RECREACIÓN EN LA NATURALEZA -A 1407 SITA CALLE BONIFACIO 2475 - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

Publicación:

23/04/2009

Sanción:

11/12/2008

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Carpeta N° 9488/MEGC/2008, y

CONSIDERANDO:

Que por este actuado tramita el proyecto de Plan de Estudios de la carrera de “Guías de Turismo Aventura o Guías de Turismo Trekking en Cordilleras“, presentado por la Primera Escuela de Recreación en la Naturaleza (A 1407);

Que por este actuado tramita el proyecto de Plan de Estudios de la carrera de “Guías de Turismo Aventura o Guías de Turismo Trekking en Cordilleras“, presentado por la

Que de acuerdo con la Resolución N° 2569-MEGC-08, la Comisión de Evaluación y Registro de Planes de Estudio, Postítulos Docentes y propuestas de cursos de Capacitación Docente produjo recomendaciones con respecto a la aprobación del mencionado proyecto;

Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica ha considerado las recomendaciones producidas por dicha Comisión y ha establecido dictamen favorable para la aprobación de la carrera de “Guías de Turismo Aventura o Guías de Turismo Trekking en Cordilleras“; Primera Escuela de Recreación en la Naturaleza (A 1407);

Que se estima conveniente que dicho Plan de Estudios tenga una vigencia de 4 (cuatro) años en la inteligencia del que sería el tiempo prudencial para efectuar el seguimiento y la evaluación de resultados a fin de merituar la conveniencia de la continuidad del Plan y su duración, así como garantizar el derecho a las cohortes que se han matriculado durante su vigencia;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Plan de Estudios de la carrera de “Guías de Turismo Aventura o Guías de Turismo Trekking en Cordilleras“ presentado por la Primera Escuela de Recreación en la Naturaleza (A 1407); que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que el Plan de Estudios aprobado por el artículo 1° del presente acto administrativo tendrá una vigencia de 4 (cuatro) años y su continuidad estará sujeta a los resultados de su seguimiento y evaluación.

Artículo 3°.- Autorízase su implementación en la Primera Escuela de Recreación en la Naturaleza (A 1407),ubicado en la calle Bonifacio 2475 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Encomiéndase el seguimiento y evaluación del Plan de Estudios aprobado en el art. 1° de la presente Resolución a la Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Artículo 5°.- Déjase constancia que la aprobación dispuesta en el art. 1° no lleva implícito el derecho a percibir aporte gubernamental.

Artículo 6°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Educación de Gestión Estatal, de Planeamiento Educativo y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a los fines que correspondan. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El Anexo puede consultarse en la Separata BOCBA 3160

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Res. N° 8037-MEGC-08 aprueba plan de estudios para carrera de guías de turismo aventura o de turismo trekking en Cordillera en el marco de la Res. N° 2569-MEGC-08