DISPOSICIÓN 12 2001 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

DISPONE PROCEDIMIENTO PARA EXPEDIENTES ORIGINADOS EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD QUE INGRESEN AL PODER EJECUTIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES

Publicación:

10/07/2001

Sanción:

28/06/2001

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO


VISTO las normativas vigentes sobre Registros y Circulación de documentación administrativa en el ámbito del G.C.B.A., Decreto N° 1510 del 27/10/97 B.O. N° 310, Ordenanza N° 35.711 - A.D. 221.18 y las disposiciones complementarias contenidas en el Decreto N° 301 del 22/3/96 - B.M. N° 20.260 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la citada normativa y para agilizar los procedimientos administrativos que se realicen entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, resulta necesario coordinar adecuadamente los circuitos de tramitación de toda la documentación que a tal efecto, ingrese en los ámbitos citados.

Que, en mérito a lo expuesto y en uso de las facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL

DE MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1° - Todo expediente originado en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires que ingrese para su tramitación al ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será ingresado en la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales como Registro.

Artículo 2° - Las actuaciones ingresarán y circularán dentro del ámbito del Poder Ejecutivo manteniendo la numeración conferida por el Poder Legislativo y bajo la denominación Expediente Legislativo (EL), sigla con la cual serán ingresadas al Sistema Unico de Mesa de Entradas (SUME), a los fines de efectuar el seguimiento administrativo correspondiente.

Artículo 3° - Al momento de ingreso de la actuación a la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales la misma, procederá a fotocopiar íntegramente el contenido del expediente Legislativo. Dichas fotocopias deberán certificarse por autoridad administrativa. Las mismas junto con la nota de elevación al Organismo que deba intervenir en primera instancia, conformarán el cuerpo del Registro, el que será incorporado al Expediente Legislativo, según lo establece el Artículo 31 del Decreto N° 1.510/97.

Artículo 4° - Ambos actuados deberán ser ingresados en el SUME. Primero se ingresará el Registro en la pantalla Actualización Carátula, donde el iniciador será Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires (LCBA), en el extracto se consignará el número del Expediente Legislativo, y su primer trámite será el sector interno «01» (Mesa de Entradas) de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales (DGAPEI). Posteriormente se ingresarán el registro y el Expediente Legislativo incorporados en la pantalla «actualización trámite», donde la repartición que recibe, será la que tendrá intervención en primera instancia.

Artículo 5° - Cada repartición del Poder Ejecutivo que intervenga en el trámite, deberá hacerlo en el Expediente Legislativo, acompañando copia certificada por autoridad administrativa, en el cuerpo del registro.

Artículo 6° - Cumplimentada la totalidad de la tramitación pertinente en el Poder Ejecutivo, la actuación deberá ser remitida a la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, quién procederá al desglose del Registro y posterior archivo del mismo, remitiendo el Expediente Legislativo a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías y Subsecretarías del Area Jefe de Gobierno y a la Jefatura de Gabinete y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Asuntos Políticos e Institucionales y de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Disp.12-DGMGESYA-01 Complementa Ord. 35711. Procedimiento y tramitación de expedientes de la Legislatura.