DECRETO 900 2001

Síntesis:

RATIFICA EL ACTA DE FECHA 25 DE JUNIO DE 2001, CELEBRADA CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN - AUTORIZA EL PAGO DEL FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE (2° SEMESTRE 2000)

Publicación:

12/07/2001

Sanción:

05/07/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 25.053 (Fondo Nacional de Incentivo Docente) y el Acta de fecha 25 de junio de 2001, suscripta entre el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el señor Subsecretario de Educación Básica, Lic. Gustavo Fabián Iaies, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Nación encuentra dificultades para efectuar en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la segunda cuota del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al segundo semestre de 2000;

Que por Decreto N° 205/GCABA/2001, se autorizó el pago completo del 50% correspondiente al segundo semestre de 2000, del referido Fondo;

Que por Decretos N° 548/GCABA/2001 y N° 748/GCABA/2001, se autorizaron los pagos de las sumas de $ 3.615.003 y de $ 4.304.436, respectivamente, ambos a cuenta del saldo restante del segundo semestre de 2000;

Que a través del Acta reseñada, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se compromete a anticipar a los docentes de su jurisdicción, la suma de pesos cuatro millones novecientos noventa y un mil doscientos ochenta y cinco con 67/100 ($ 4.991.285,67) para completar el pago del segundo semestre del año 2000, en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente;

Que en el citado documento, el Ministerio de Educación de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (conf. art. 18, Ley N° 25.053), se ha comprometido a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los primeros días del mes de julio de 2001, la suma de pesos cuatro millones novecientos noventa y un mil doscientos ochenta y cinco con 67/100 ($ 4.991.285,67) aplicado al reintegro comprometido en la cláusula TERCERA del Acta Complementaria del 31/5/01, el cual ascendía a $ 4.002.325;

Que, en tal sentido, quedará un saldo a favor de la Ciudad de pesos novecientos ochenta y ocho mil novecientos sesenta con 67/100 ($ 988.960,67), el que será abonado por este Gobierno a los docentes de su jurisdicción en cumplimiento de la Ley N° 25.053;

Que, asimismo, el Estado Nacional se compromete adicionalmente a transferir a la Ciudad, en el transcurso del mes de agosto del corriente año, la suma de pesos cuatro millones dos mil trescientos veinticuatro con 68/100 ($ 4.002.324,68), con lo que quedará cancelado el monto total liquidado en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al segundo semestre de 2000;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con disponibilidades de caja para hacer frente al compromiso contraído.

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Ratifícase el Acta de fecha 25 de junio de 2001, firmada por el señor Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el señor Subsecretario de Educación Básica del Ministerio de Educación de la Nación, cuya copia certificada obra como Anexo del presente y que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo.

Artículo 2° - Autorízase el pago por la suma de pesos cuatro millones novecientos noventa y un mil doscientos ochenta y cinco con 67/100 ($ 4.991.285,67) para completar el pago del segundo semestre del año 2000 en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente.

Artículo 3° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Educación y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, representado en este acto por el señor Subsecretario de Educación Básica, Licenciado Gustavo Fabián Iaes, en adelante LA NACION, por una parte y, por la otra, el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el señor Secretario de Educación, Licenciado Daniel Fernando Filmus, en adelante LA CIUDAD, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley N° 25.053 FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, y teniendo en cuenta la Resolución N° 102 del 14/7/99 y su modificatoria N° 122 del 7/12/99, ambas del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, aprobatorias de los criterios de distribución entre los distintos cargos conforme el artículo 13 de la norma legal antes citada, convienen en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, sujeta a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- LA CIUDAD ha presentado la Preliquidación establecida en el punto 14 del Anexo de la Resolución N° 102/99 y de acuerdo con lo dispuesto en su modificatoria N° 122/99, ambas del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, correspondiente al segundo semestre del año 2000, manifestando su representante con carácter de Declaración Jurada que la misma se ajusta en todo a las pautas y criterios aprobados por la citada resolución.

SEGUNDA.- LA CIUDAD anticipará a los docentes de su jurisdicción la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS Y UN MIL DOSCENTOS OCHENTA Y CINCO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.991.285,67) para completar el pago del 2° semestre del año 2000.

TERCERA.- LA NACION se compromete a trasferir a LA CIUDAD, en los primeros días del mes de julio del corriente año, la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.991.285,67), correspondiente al período del 1° de julio al 31 de diciembre de 2000, aplicado a la cancelación del compromiso asumido en la Cláusula 3° del Acta Complementaria de fecha 31 de mayo de 2001, generando en consecuencia un adelanto de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 988.960,67) resultante de la diferencia entre el monto a transferir y el compromiso de devolución asumido por LA NACION.

CUARTA.- LA NACION se compromete adicionalmente a trasferir a LA CIUDAD, en el transcurso del mes de agosto de 2001, la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.002.324,68) con la que quedará cancelado el monto total liquidado en concepto de FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, correspondiente al período del 1° de julio al 31 de diciembre de 2000.

QUINTA.- Sin perjucio del cumplimiento de su rol de distribuidora, entre los docentes de su jurisdicción, del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, LA CIUDAD ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 12 de la Ley N° 25.053 y a efectuar su detalle en un Acta Ampliatoria.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD DE BUENOS AIRES, a los 25 días del mes de junio de 2001. Iaes (Subsecretario de Educación Básica, Ministerio de Educación de la Nación) - Filmus (Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)


ANEXOS

ANEXO

Entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, representado en este acto por el señor Subsecretario de Educación Básica, Licenciado Gustavo Fabián Iaes, en adelante LA NACION, por una parte y, por la otra, el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el señor Secretario de Educación, Licenciado Daniel Fernando Filmus, en adelante LA CIUDAD, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley N° 25.053 FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, y teniendo en cuenta la Resolución N° 102 del 14/7/99 y su modificatoria N° 122 del 7/12/99, ambas del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, aprobatorias de los criterios de distribución entre los distintos cargos conforme el artículo 13 de la norma legal antes citada, convienen en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, sujeta a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- LA CIUDAD ha presentado la Preliquidación establecida en el punto 14 del Anexo de la Resolución N° 102/99 y de acuerdo con lo dispuesto en su modificatoria N° 122/99, ambas del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, correspondiente al segundo semestre del año 2000, manifestando su representante con carácter de Declaración Jurada que la misma se ajusta en todo a las pautas y criterios aprobados por la citada resolución.

SEGUNDA.- LA CIUDAD anticipará a los docentes de su jurisdicción la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS Y UN MIL DOSCENTOS OCHENTA Y CINCO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.991.285,67) para completar el pago del 2° semestre del año 2000.

TERCERA.- LA NACION se compromete a trasferir a LA CIUDAD, en los primeros días del mes de julio del corriente año, la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.991.285,67), correspondiente al período del 1° de julio al 31 de diciembre de 2000, aplicado a la cancelación del compromiso asumido en la Cláusula 3° del Acta Complementaria de fecha 31 de mayo de 2001, generando en consecuencia un adelanto de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 988.960,67) resultante de la diferencia entre el monto a transferir y el compromiso de devolución asumido por LA NACION.

CUARTA.- LA NACION se compromete adicionalmente a trasferir a LA CIUDAD, en el transcurso del mes de agosto de 2001, la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.002.324,68) con la que quedará cancelado el monto total liquidado en concepto de FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, correspondiente al período del 1° de julio al 31 de diciembre de 2000.

QUINTA.- Sin perjucio del cumplimiento de su rol de distribuidora, entre los docentes de su jurisdicción, del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, LA CIUDAD ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 12 de la Ley N° 25.053 y a efectuar su detalle en un Acta Ampliatoria.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD DE BUENOS AIRES, a los 25 días del mes de junio de 2001. Iaes (Subsecretario de Educación Básica, Ministerio de Educación de la Nación) - Filmus (Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)

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