LEY NACIONAL 25053 1998
Síntesis:
FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE - EDUCACIÓN - DOCENTES - IMPUESTOS - AUTOMOTORES - MOTOCICLETAS -AERONAVES - IMPUESTO DE EMERGENCIA A LOS AUTOMOTORES
Publicación:
15/12/1998
Sanción:
18/11/1998
Organismo:
PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
COMPLEMENTADA POR
Art 4 del Dto 243-08 establece que la asignación establecida por Ley 25053 será computada para el cálculo del ingreso mínimo total neto mensual, a los efectos de asegurar el ingreso mínimo
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 1024-SED-99 determina los criterios a seguir para la aplicación del Fondo Nacional de Incentivo Docente otorgado por la Ley 25053.</p>
REFERENCIA
REFERENCIADA POR
Dec. 548-01 Ratifica el Acta de fecha 27 de abril de 2001 - Fondo Nacional del Incentivo Docente
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REGLAMENTADA POR
Reglamenta el artículo 13 de la ley 25053
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
Dec. 1917-00 Ratifica el Acta de fecha 27 de octubre de 2000 - Fondo Nacional del Incentivo Docente
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
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REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
REQUIERE
Dec.682-06 Se otorgará un adicional remunerativo, para aquellos docentes que no perciban el FNID garantizado para todos los docentes por Ley Nac. 25053
INTEGRADA POR
<p>Dto. 618-07 reglamenta para el ámbito de la CABA la Ley 25053 - Establece que deberá computarse el monto del Fondo Nacional de Incentivo Docente para el cálculo del Ingreso Mínimo Total Neto Mensual que se garantiza a los docentes de la Ciudad de Buenos Aires</p>