DECRETO 1917 2000

Síntesis:

FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE - RATIFICA EL ACTA FIRMADA POR EL SEÑOR SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD CON EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN

Publicación:

13/11/2000

Sanción:

30/10/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 25.053 Fondo Nacional de Incentivo Docente y el Acta de fecha 27 de octubre de 2000, suscripta entre el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el señor Subsecretario de Coordinación, Dr. Carlos María Varas, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Nación encuentra dificultades para efectuar en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la mitad de la primera cuota del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2000;

Que mediante Decreto N° 1.499/GCBA/2000, se autorizó el pago correspondiente al 50% de la primera cuota referente al primer semestre;

Que a través del Acta reseñada, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se compromete a anticipar el 2 de noviembre de 2000 a los docentes de su jurisdicción, el 50% restante, correspondiente al primer semestre del año 2000, equivalente a la suma de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UNO CON 69/100 ($ 12.679.601,69.-);

Que en el citado documento, el Ministerio de Educación de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (conf. Art. 18, Ley N° 25.053), se ha comprometido a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los primeros días del mes de noviembre de 2000, la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 51/100 ($ 10.087.733,51.-), y a reintegrar la diferencia entre ambas cantidades por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 18/100 ($ 2.591.868,18), con más la diferencia de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATRO-CIENTOS SEIS CON 12/100 ($ 464.406,12.-), correspondiente a la diferencia entre lo real efectivo pagado el 31 de agosto de 2000 y lo transferido el 1° de septiembre de 2000, cuyo compromiso fuera establecido en la cláusula 3° del Acta Complementaria de fecha 25 de agosto de 2000;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con disponibilidades de caja para hacer frente al compromiso contraído;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Ratifícase el Acta de fecha 27 de octubre de 2000, firmada por el señor Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el señor Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Educación de la Nación, cuya copia certificada obra como Anexo I del presente, y que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo.

Art. 2° Autorízase el pago completo del 50% restante de la primera cuota correspondiente al primer semestre de 2000 en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente, por la suma de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UNO CON 69/100 ($ 12.679.601,69.-).

Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Educación y a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION representado a este efecto por el señor SUBSECRETARIO DE COORDINACION, Dr. CARLOS MARIA VARAS, en adelante denominado LA NACION, por una parte, y por la otra, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, representada en este acto por su SECRETARIO DE EDUCACION, Lic. DANIEL FERNANDO FILMUS, en adelante denominada LA CIUDAD, y de conformidad con lo acordado en la Comisión Especial para la implementación del Fondo Nacional de Incentivo Docente de fecha 27 de marzo de 2000 y aprobado en la XLV Asamblea Extraordinaria del 5 de junio de 2000, convienen en celebrar un ACTA COMPLE-MENTARIA, acordando las siguientes cláusulas.

PRIMERA: LA CIUDAD anticipará el 2 de noviembre de 2000 a los docentes el 50 % restante del primer semestre correspondiente al período 1° de enero al 30 de junio de 2000, equivalente a la suma de $ 12.679.601,69 (PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UNO CON 69/100).

SEGUNDO: LA NACION se compromete a transferir a LA CIUDAD los primeros días del mes de noviembre del corriente año la suma de $ 10.087.733,51 (PESOS DIEZ MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 51/100) correspondiente al 50 % restante del primer semestre de 2000.

TERCERA: LA NACION se compromete a devolver la diferencia entre lo real efectivo pagado el 31 de agosto de 2000 y lo transferido el 1° de septiembre de 2000, equivalente a la suma de $ 464.406,12 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 12/100), cuyo compromiso fuera establecido en la cláusula 3a del acta complementaria del día 25 de agosto de 2000, más la diferencia entre la suma que se transferirá por la Cláusula Segunda y lo real efectivo pagado el 2 de noviembre de 2000 equivalente a $ 2.591.868,18 (PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 18/100).

CUARTA: Sin perjuicio del cumplimiento de su rol de distribuidora entre los docentes de su jurisdicción del Fondo Nacional de Incentivo Docente, LA CIUDAD ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 12 de la Ley, y a efectuar su detalle en un Acta Ampliatoria.

En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo, en la CIUDAD DE BUENOS AIRES, a los veintisiete días del mes de octubre de 2000.


ANEXOS

ANEXO I

Entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION representado a este efecto por el señor SUBSECRETARIO DE COORDINACION, Dr. CARLOS MARIA VARAS, en adelante denominado LA NACION, por una parte, y por la otra, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, representada en este acto por su SECRETARIO DE EDUCACION, Lic. DANIEL FERNANDO FILMUS, en adelante denominada LA CIUDAD, y de conformidad con lo acordado en la Comisión Especial para la implementación del Fondo Nacional de Incentivo Docente de fecha 27 de marzo de 2000 y aprobado en la XLV Asamblea Extraordinaria del 5 de junio de 2000, convienen en celebrar un ACTA COMPLE-MENTARIA, acordando las siguientes cláusulas.

PRIMERA: LA CIUDAD anticipará el 2 de noviembre de 2000 a los docentes el 50 % restante del primer semestre correspondiente al período 1° de enero al 30 de junio de 2000, equivalente a la suma de $ 12.679.601,69 (PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UNO CON 69/100).

SEGUNDO: LA NACION se compromete a transferir a LA CIUDAD los primeros días del mes de noviembre del corriente año la suma de $ 10.087.733,51 (PESOS DIEZ MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 51/100) correspondiente al 50 % restante del primer semestre de 2000.

TERCERA: LA NACION se compromete a devolver la diferencia entre lo real efectivo pagado el 31 de agosto de 2000 y lo transferido el 1° de septiembre de 2000, equivalente a la suma de $ 464.406,12 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 12/100), cuyo compromiso fuera establecido en la cláusula 3a del acta complementaria del día 25 de agosto de 2000, más la diferencia entre la suma que se transferirá por la Cláusula Segunda y lo real efectivo pagado el 2 de noviembre de 2000 equivalente a $ 2.591.868,18 (PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 18/100).

CUARTA: Sin perjuicio del cumplimiento de su rol de distribuidora entre los docentes de su jurisdicción del Fondo Nacional de Incentivo Docente, LA CIUDAD ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 12 de la Ley, y a efectuar su detalle en un Acta Ampliatoria.

En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo, en la CIUDAD DE BUENOS AIRES, a los veintisiete días del mes de octubre de 2000.

Daniel Filmus Secretario de Educación Carlos María Varas Subsecretario de Coordinación Ministerio de Educación de la Nación

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Dec. 1917-00 Ratifica el Acta de fecha 27 de octubre de 2000 - Fondo Nacional del Incentivo Docente