DECRETO 742 2004

Síntesis:

RATIFICACIÓN DE ACTAS - CONVALIDACIÓN DE ACTAS - RATIFICA LAS ACTAS DEL 29/10 Y 11/11/03, CELEBRADAS CON EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN. CONVALIDA EL PAGO A FAVOR DE LOS DOCENTES - FONDO NACIONAL DEL INCENTIVO DOCENTE - ADICIONALES - SUPLEMENTOS - INCREMENTOS - HABERES - SALARIALES - TRANSFERENCIA DE FONDOS - PAGO DEL INCENTIVO - PRIMER SEMESTRE - PAGO A DOCENTES - AMPLIACIÓN DE PRESUPUESTO - ACTA COMPLEMENTARIA - LEY NACIONAL 25053

Publicación:

04/05/2004

Sanción:

29/04/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 25.053 (Fondo Nacional de Incentivo Docente) y las Actas de fechas 29 de octubre y 11 de noviembre de 2003, suscriptas entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, a través de su titular, Lic. Daniel Fernando Filmus, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por la señora Secretaria de Educación, Lic. Roxana Perazza, el Expediente N° 68.692/03 y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Nación ha encontrado dificultades para efectuar en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las sumas correspondientes al primer semestre de 2002 del Fondo Nacional de Incentivo Docente;

Que oportunamente y por Decreto N° 2123/GCBA/03 (B.O. N° 1817), se autorizó el pago por la suma de $ 4.225.293,82 a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2002 y en cumplimiento del acta suscripta entre las mismas partes el 1° de octubre de 2003;

Que a través de las Actas referidas, la Ciudad dejó constancia de las sumas que anticiparía a los docentes de su jurisdicción a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2002;

Que este Gobierno efectuó los pagos correspondientes según el compromiso asumido en los citados documentos;

Que, asimismo, la Nación se comprometió a transferir dichas sumas a la Ciudad, durante el mes de noviembre último;

Que la Dirección General de Tesorería ha tomado la intervención de su competencia, informando que de sus registros no surge deuda entre la Nación y la Ciudad en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Ratifícanse las Actas de fechas 29 de octubre y 11 de noviembre de 2003, firmadas por el señor Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación y por la señora Secretaria de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas copias certificadas se adjuntan como Anexo I y Anexo II del presente, respectivamente, y que, como tales, forman parte integrante del mismo.

Artículo 2° - Convalídase el pago a favor de los docentes de esta jurisdicción, por la suma de pesos ocho millones setecientos noventa y ocho mil quinientos cuarenta y uno con 95/100 ($ 8.798.541,95), a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2002.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Educación y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Recursos Humanos y de Contaduría y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. IBARRA - Perazza - Albamonte - Fernández


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA