DECRETO 315 2002

Síntesis:

RATIFICA ACTA SUSCRIPTA ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL G.C.A.B.A. - CONVALIDA EL PAGO A DOCENTES DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRIVADA - FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE DEL PRIMER SEMESTRE DE 2001 -

Publicación:

11/04/2002

Sanción:

08/04/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 25.053 (Fondo Nacional de Incentivo Docente) y el Acta de fecha 22 de febrero de 2002, suscripta entre el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Nación encuentra dificultades para efectuar en una sola transferencia, la asignación de los fondos suficientes a fin de efectivizar el pago a los docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las sumas correspondientes al primer semestre de 2001 del Fondo Nacional de Incentivo Docente;

Que oportunamente y a través del Decreto N° 1.128/GCBA/01 (B.O. N° 1260), se autorizó el pago por la suma de pesos cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil noventa y cinco con 71/100 ($ 4.256.095,71), equivalentes al 16,67 % de la preliquidación del primer semestre de 2001, correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente, en cumplimiento de la Cláusula Segunda del acta del 10 de agosto de 2001 suscripta entre este Gobierno y el Ministerio de Educación de la Nación y cuya copia certificada fuera identificada como Anexo I del mencionado Decreto;

Que mediante el Acta referida en el visto del presente, la Ciudad se compromete a anticipar a los docentes de su jurisdicción hasta la suma de pesos cuatro millones doscientos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46), de los cuales a la fecha fueron abonados pesos tres millones trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve con 39/100 ($ 3.343.459,39) a favor de los docentes de gestión pública dependientes de la Secretaría de Educación de este Gobierno, a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001;

Que en el citado documento, el Ministerio de Educación de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (Conf. Art. 18, Ley N° 25.053), se ha comprometido a transferir a la Ciudad, en los futuros pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, la suma de pesos cuatro millones doscientos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis con 46/100 ($ 4.237.766,46), a los efectos de saldar el anticipo convenido;

Que, por otra parte, de acuerdo a lo también estipulado en la referida Acta del 22 de febrero último, el Ministerio de Educación de la Nación transfiere al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la suma de pesos cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil noventa y cinco con 71/100 ($ 4.256.095,71), conforme al compromiso asumido por la ya mencionada Acta de fecha 10 de agosto de 2001;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Ratifícase el Acta de fecha 22 de febrero de 2002, suscripta entre el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación, Dr. Sergio Palacio, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando Filmus, cuya copia certificada obra como Anexo del presente y que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo.

Artículo 2° Convalídase el pago por la suma de pesos tres millones trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve con 39/100 ($ 3.343.459,39), efectuado a favor de los docentes de gestión pública dependientes de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001.

Artículo 3° Autorízase el pago por la suma de pesos ochocientos noventa y cuatro mil trescientos siete con 07/100 ($ 894.307,07) a favor de los docentes de gestión privada dependientes de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuenta de la preliquidación del Fondo Nacional de Incentivo Docente correspondiente al primer semestre de 2001.

Artículo 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Educación y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - Filmus - Pesce - Fernández


ANEXOS

ANEXO I

Buenos Aires, 22 de febrero de 2002.

Entre el Ministerio de Educación de la Nación representado en este acto por el Señor Secretario General del Consejo Federal de Cultura y Educación; Dr. Sergio Palacio, en adelante denominado La Nación, por una parte; y por la otra, El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Secretario de Educación, Lic. Daniel Fernando FILMUS en adelante denominada La Ciudad y de conformidad con lo previsto por el Art. 16 de la Ley N° 25.053 Fondo Nacional de Incentivo Docente y teniendo en cuenta la Resolución N° 102/99 y su modificatoria N° 122/99 del Consejo Federal de Cultura y Educación, aprobatoria de los criterios de distribución entre Ios distintos cargos conforme el Art. 13 de dicha norma legal, convienen en celebrar un Acta Complementaria sujeta a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La Ciudad ha presentado la Preliquidación establecida por el punto 14 del Anexo de la Resolución N° 102/99 y de acuerdo con lo dispuesto en su modificatoria N° 122/99, ambas del Consejo Federal de Cultura y Educación correspondiente al primer semestre del año 2001, manifestando su representante con carácter de Declaración Jurada que la misma se ajusta en un todo a las pautas y criterios aprobados por la citada Resolución.

SEGUNDA: La Nación transfiere a La Ciudad la suma de pesos cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil noventa y cinco con setenta y un centavos ($ 4.256.095,71), que será aplicada a saldar el compromiso de devolución de fondos asumido por La Nación según las cláusulas Tercera y Cuarta del Acta Complementaria N° 1/01 de fecha 10 de agosto de 2001. Esto en virtud de que La Ciudad dio cumplimiento a la Cláusula Segunda de dicha Acta, habiendo abonado en fecha 17 de agosto de 2001 el importe íntegro declarado a los Docentes de su Jurisdicción.

TERCERA: Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Segunda de la presente, La Ciudad deja constancia que nuevamente anticipará los docentes de su jurisdicción hasta la suma de pesos cuatro millones doscientos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis con cuarenta y seis centavos ($ 4.237.766,46).

CUARTA: La Nación se compromete a transferir a La Ciudad la suma a que hace referencia la cláusula Tercera en los futuros pagos del Fondo Nacional de Incentivo Docente, a los efectos de saldar el anticipo a que hace referencia dicha Cláusula.

QUINTA: Sin perjuicio del cumplimiento de su rol de distribuidora entre los docentes de su jurisdicción del Fondo Nacional de Incentivo Docente, La Ciudad ratifica su compromiso de dar estricto cumplimiento a los requisitos establecidos por el Art. 12 de la Ley N° 25.053 y efectuar su detalle en un Acta ampliatoria.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires a los 22 días del mes de febrero de 2002. Filmus (por G.C.A.B.A.) - Palacio (por Consejo Federal de Cultura y Educación)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
la Cláusula Cuarta del Decreto 438 referencia a la Cláusula Cuarta del Anexo I del Decreto 315