LEY 142 1998

Síntesis:

VER ARTÍCULO 2 DE LA LEY 1472 - MODIFICA LA LEY   82  - MODIFICATORIA DE LA LEY   10 - CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -    ENTRADA EN VIGENCIA 

Publicación:

29/01/1999

Sanción:

30/12/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

19/01/1999

Estado:

No vigente


NOTA: Se advierte al usuario que el artículo 2 de la Ley 1472, deroga la Ley 10 y sus modificatorias.

LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Sustitúyese la Disposición Transitoria de la Ley N° 82, modificatoria de la Ley N° 43 por la siguiente:

Disposición Transitoria

Los artículos 76 y 77 del Código Contravencional entran en vigencia a partir de los trescientos sesenta (360) días corridos posteriores a la fecha de publicación de esta ley.

Art. 2° - La presente ley entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 142, sustituye la Disposición Transitoria de la Ley 82, modificatoria de la Ley 43, que a su vez es modificatoria de la Ley 10. </p>
PROMULGADA POR