RESOLUCIÓN 1115 2009 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA PLAN DE ESTUDIOS PROFESORADO EDUCACIÓN PRIMARIA - INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE DE GESTIÓN PRIVADA - EL CITADO PLAN TENDRÁ UNA VIGENCIA DE CINCO-5- AÑOS CONTINUACIÓN SUJETA A RESULTADOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Publicación:

18/05/2009

Sanción:

11/03/2009

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO La Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley N° 33 de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 144/PEN/08, las Resoluciones CFE N° 24/07, N° 73/08, N° 74/08 y la Resolución N° 2569/MEGC/08 y Nota N° 559.098/DGEGP/09, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 71 de la Ley de Educación Nacional establece que “la formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente”;

Que el Artículo 75 de la Ley de Educación Nacional establece criterios generales para la formación docente distinguiendo una formación básica común centrada en los fundamentos de la profesión, el conocimiento y la reflexión de la realidad educativa y una formación especializada, para la enseñanza de los contenidos curriculares de cada nivel y modalidad, estableciendo una duración de cuatro (4) años académicos. Que en el marco del Consejo Federal de Educación se acordaron y aprobaron, por Resolución N° 24/07, los “Lineamientos Curriculares para la Formación Docente Inicial” y los criterios para la acreditación de carreras y validez nacional de los títulos y las certificaciones que habiliten para el ejercicio de la docencia en los diferentes niveles y modalidades del sistema;

Que el Decreto 144/08 del PEN establece el 31 de julio de 2009 como fecha límite para el inicio del trámite de validez nacional de los títulos ante el Ministerio de Educación de la Nación;

Que es responsabilidad del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el resguardo de la validez nacional de los títulos docentes emitidos por las instituciones de formación docente de la Jurisdicción;

Que todos los institutos de gestión privada, que implementan carreras de formación docente para la Educación Primaria, han elaborado en forma conjunta un proyecto “Profesorado de Educación Primaria” que cumple con los requisitos establecidos en la normativa federal y jurisdiccional vigente;

Que los institutos Profesorado Sagrado Corazón A-29, Profesorado Nuestra Señora de la Misericordia A-58, Santa Catalina A-74, Inmaculada Concepción A-86, María Auxiliadora A-95, San Cayetano A-101, Obra Conservación de la Fe N° 5 - Fundación Macnab Bernal A-238, Santa Ana y San Joaquín A-252, Nuestra Señora del Buen y Perpetuo Socorro A- 338, Saint Jean A-492, Nuestra Señora de las Nieves A-587, Superior Marista A-730, Juan Amós Comenio A-817, Educación Superior Toratenu A-1282 y Profesorado del CONSUDEC V-5 solicitan la aprobación del citado proyecto para ser implementado a partir del presenta año;

Que el Sector Técnico Pedagógico de la Dirección General de Gestión Privada ha tomado intervención en la orientación y seguimiento de la elaboración de la propuesta;

Que se estima conveniente que dicho Plan de Estudios tenga una vigencia de 5 (cinco) años en la inteligencia que sería el tiempo prudencial para efectuar el seguimiento y la evaluación de resultados a fin de merituar la conveniencia de la continuidad del Plan y su duración;

Que se dio intervención a la Comisión de Evaluación y Registro de Planes de Estudio, Postítulos Docentes y Propuestas de Cursos de Capacitación Docente, creada por Resolución N° 2569/MEG/2008;

Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica produjo recomendaciones favorables con respecto a la aprobación del Plan de Estudios “Profesorado de Educación Primaria”. Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°. Apruébase el plan de estudios “Profesorado Educación Primaria” para los institutos de formación docente de gestión privada, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°. Establécese que el Plan de Estudios aprobado por el artículo 1° del presente acto administrativo tendrá una vigencia de 5 (cinco) años y su continuidad estará sujeta a los resultados de su seguimiento y evaluación.

Artículo 3°. Autorizase su implementación en los institutos de formación docente de gestión privada nominados en el Anexo II de la presente Resolución.

Artículo 4°. Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada el seguimiento y evaluación del Plan de Estudios aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 5°. Dejase constancia que la aprobación dispuesta por el artículo 1° no lleva implícita el derecho a percibir aporte gubernamental.

Artículo 6°. Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económica, Financiera y Administrativa de Recursos; a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Educación de Gestión Estatal, de Planeamiento Educativo, y a la de Coordinación Legal e Institucional; a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a los fines que correspondan.


ANEXOS

El Anexo puede consultarse en la Separata BOCBA 3176

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Res. N° 1115-MEGC-09 aprueba Plan de Estudios Profesorado de Educación Primaria para Institutos de Formación Docente de Gestión Privada en el marco de la Resolución N° 2569-MEGC-08