RESOLUCIÓN 271 2009 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
EXCLUYE SUJETOS, DE LA RESOLUCIÓN 430-SHYF-01 - EXCLUSIÓN - AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - TRIBUTOS - IMPUESTOS - VITAL SOJA SA - GRUPO AL SUR SA - TRABACAR SA MAILLAR SA UTE
Publicación:
13/05/2009
Sanción:
06/05/2009
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Las RESOLUCIÓN es Nros. 430-SHyF/01 (B.O. N° 1170), 1.465-SHyF/01 (B.O. N° 1258), 1.697-SHyF/02 (B.O. N° 1457), 2.508-SHyF/04 (B.O. N ° 2019), 90-MHGC/06 (B.O. N° 2429), 1080-MHGC-2007 (B.O. N° 2673), 001-DGR-2008 (B.O. N ° 2848), 167-AGIP-2008 (B.O. N° 2873), 222-AGIP-2008 (B.O. N° 2917), 313-AGIP-2008 (B.O. N° 2989),434-AGIP-2008, 473-AGIP-2008, 568-AGIP-2008, 142-AGIP-09, 149-AGIP-09 y lo aconsejado por la Dirección General de Rentas, y
CONSIDERANDO:
Que se han realizado estudios pormenorizados con la finalidad de establecer la importancia de ciertos sujetos para ser incorporados y/o excluidos en el universo de agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos;
Que se entiende oportuno introducir modificaciones dentro del mencionado universo de responsables, por estrictas razones de interés fiscal.
Por ello y atento a las facultades conferidas por el artículo 3° inciso 19 del Código Fiscal (t.o. 2008), Separata B.O. N° 2952 y Art. 14 inc. C de la ley 2603 B.O. N° 2846,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Artículo 1° - Excluir de la Resolución N° 430-SHyF -01 (B.O. N° 1170) y sus modificatorias los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I de la presente que a todo efecto integra.
Artículo 2° - La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/06/2009.
Artículo 3° - Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Subdirecciones Generales dependientes de la Dirección General de Rentas. Remítase a sus efectos copia autenticada a la Unidad de Proyectos Especiales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese.
NOTA: El Anexo de la presente puede consultarse en la Separata del BO 3173, del 13-5-2009