RESOLUCIÓN 519 2009 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA - PARTIDOS POLÍTICOS - COMICIOS JUNIO 2009 - SORTEOS - DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL - ELECCIONES 2009 - COMICIOS

Publicación:

02/06/2009

Sanción:

22/05/2009

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: El Artículo 61 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 268, el Decreto N° 183/09, el Decreto N° 257/09, el Expediente N° 25.164/09, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 61 de la Constitución de la Ciudad garantiza a los partidos políticos la difusión de sus ideas;

Que la Ley N° 268, relativa a las campañas electorales, establece en su Artículo 6° que el Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los partidos, confederaciones y alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en las pantallas de vía pública que estén a su disposición, los que se distribuirán respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación, y que no serán computables a los efectos de lo dispuesto por los Artículos 8° y 9° de la misma;

Que obran agregados al Expediente los listados de espacios disponibles en la vía pública informados por la Dirección General Políticas y Desarrollo del Espacio Público;

Que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad ha comunicado que han oficializado listas de candidatos un total de treinta (30) partidos, alianzas o confederaciones para la elección de cargos legislativos del 28 de junio de 2009;

Que la Dirección General Electoral ha elaborado el Informe Técnico pertinente, que obra agregado al Expediente citado en el visto, por el cual se distribuyen los referidos espacios, con aplicación del criterio de equidad en cuanto a su ubicación y cantidad, en un número de grupos equivalente al número de partidos, alianzas o confederaciones que han oficializado candidaturas;

Que la difusión de los grupos determinados y de la metodología utilizada, en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad, satisface los principios de transparencia y acceso a la información pública, rectores de la actividad estatal;

Que a los fines de la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública a los partidos políticos, alianzas y confederaciones, resulta conveniente la realización de un sorteo ante Escribano del Gobierno de la Ciudad;

Que en virtud de la competencia conferida por el Artículo 113 inciso 6° de la Constitución de la Ciudad, corresponde invitar al Tribunal Superior de Justicia a presenciar el sorteo antedicho;

Que asimismo se estima conveniente invitar a presenciar el mencionado sorteo a Dirección General Políticas y Desarrollo del Espacio Público.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le fueran conferidas mediante la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y el Decreto N° 183/09,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública realizados por la Dirección General Electoral que serán asignados a los partidos políticos, confederaciones y alianzas hasta el día 26 de junio de 2009, conforme el detalle que como Anexo integra la presente.

Artículo 2° - Instrúyase a la Dirección General Electoral para que publique en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad, los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública efectuados, por el término de 72 horas, con identificación del número de grupo, cantidad, tipo y ubicación de los espacios que lo conforman, y el método de distribución utilizado para su determinación.

Artículo 3° - Instrúyase a la Dirección General Electoral para que, transcurrido el plazo dispuesto en el Artículo anterior, efectúe el sorteo de asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública señalados, en su sede y ante Escribano del Gobierno de la Ciudad.

Artículo 4° - La Dirección General Electoral deberá invitar a presenciar el sorteo ordenado en el Artículo 3°, al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, y a la Dirección General de Política y Desarrollo del Espacio Público.

Artículo 5° - Instrúyase a la Dirección General Electoral para que, efectuado el sorteo, notifique a los partidos políticos, confederaciones y alianzas el número de grupo de espacios de publicidad que le ha resultado asignado, con identificación pormenorizada del número, tipo, y ubicación de los espacios que lo integran.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Justicia, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Electoral para su notificación a los partidos políticos correspondientes. Cumplido, archívese.


ANEXOS


El Anexo de la presente resolución se encuentra en la SEPARATA del BOCBA 3185 del 01/06/2009

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 519-MJYSGC-09 aprueba espacios de publicidad en la vía que seran asignados a los partidos políticos para los Comicios de Junio de 2009 - convocados por Dec. 183-09