RESOLUCIÓN 338 2009 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
INCORPORA A PANAMERICANA MALL SA EN LA NÓMINA DE AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Publicación:
04/06/2009
Sanción:
01/06/2009
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Las Resoluciones Nros. 430/SHyF/2001 (B.O. N° 117 0), 1.465/SHyF/2001 (B.O. N° 1258), 1.697/SHyF/2002 (B.O. N° 1457), 2.508/SHyF/2 004 (B.O. N° 2019), 90/MHGC/2006 (B.O. N° 2429), 1080/MHGC/2007 (B.O. N° 2673), 001/ DGR/2008 (B.O. N° 2848), 167/AGIP/2008 (B.O. N° 2873), 222/AGIP/2008 (B.O. N ° 2917), 313/AGIP/2008 (B.O. N° 2989), 434/AGIP/2008 (B. O. N° 3.046), 473/AGIP/2008 (B. O. N° 3.052), 568/AGIP/2008 (B. O. N° 3.112), 36/AGIP/2009 (B.O. N° 3.120), 142/AGIP/2009 (B.O. N° 3.133), 148/AGIP/2009 (B.O. N° 3.135), 149/AGIP/2009 (B.O. N° 3.138), 192/AGIP/ 2009 (B.O. N° 3.150), 270/AGIP/2009 (B.O. N° 3.172), 271/AGIP/2009 (B.O. N° 3.173), y l o aconsejado por la Dirección General de Rentas, y
CONSIDERANDO:
Que se han efectuado los análisis pertinentes, con la finalidad de establecer la importancia de ciertos contribuyentes a fin de incorporarlos al universo de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los ingresos brutos;
Que esta administración Gubernamental entiende oportuno continuar ampliando el mencionado universo de responsables teniendo en cuenta la importancia relativa a estos sujetos dentro del total de la recaudación.
Por ello y atento a las facultades conferidas por el artículo 3° inciso 19 del Código Fiscal (t.o. 2008), Separata B.O. N° 2952 y Art. 14 inc. C de la ley 32.603 B.O. N° 2846,
Artículo 1° - Incorpórense a la Resolución N° 430/S HyF/01 (B.O. N° 1170) y sus modificatorias los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I de la presente que a todo efecto integra.
Articulo 2°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/06/2009.
Articulo 3°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Remítase a sus efectos copia autenticada a la Unidad de Proyectos Especiales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la Separata de Boletín Oficial N° 3188