RESOLUCIÓN 1005 2009 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONTROL EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - OBJETIVOS - FISCALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA FABRICACIÓN Y-O PROVISIÓN - INSTALACIÓN - MANTENIMIENTO - CONSERVACIÓN - RETIRO DEL MOBILIARIO URBANO DE LA CIUDAD - DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES - DESIGNA COORDINADORA MALENA FIGUEROA
Publicación:
08/06/2009
Sanción:
28/05/2009
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO: las Leyes N° 468, N° 1.083, y N° 2.506, los Decretos N° 989/06, N° 2.075/07,y N° 142/09, las Resoluciones N° 1265/MAyEPGC/08 y N° 344/MAYEPGC/08, los Expedientes N° 49.273/06 y acumulados, y N° 32.476/09, y;
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 2.506 es competencia del Ministerio de Ambiente y Espacio Público âentender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Airesâ, y âdiseñar e implementar las políticas relativas al mobiliario urbanoâ;
Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 142/2009 fue aprobada la Licitación Pública N° 1/MMAGC/2006 para la contratación de la concesión de la fabricación y/o provisión, instalación, mantenimiento, conservación y retiro del mobiliario urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un período de diez (10) años, adjudicándose asimismo las respectivas concesiones. Que mediante el artículo 3° del citado decreto se designó como Autoridad de Aplicación de la citada concesión al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que el artículo 29° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 1/MMAGC/2006 establece que el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios será fiscalizado a través del organismo designado por el Ministerio de Medio Ambiente, o de aquel que el futuro lo reemplace;
Que teniendo en consideración que el objeto de la concesión resulta materia de la competencia de diversas áreas de este Ministerio corresponde conformar un organismo interdisciplinario, a fin de garantizar que la fiscalización se efectúe adecuadamente.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1° - Crease la Comisión de Control en el ámbito de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la que tendrá por objeto la fiscalización de la concesión de la fabricación, y/o provisión, instalación, mantenimiento, conservación y retiro del mobiliario urbano de la Ciudad, con excepción de la percepción del canon que estará a cargo de la Dirección General de Concesiones de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 142/09.
Artículo 2°.- La Comisión de Control estará conformada por los representantes que a tal fin designen los titulares de las Direcciones Generales de Acciones en la Vía Pública, de Ordenamiento del Espacio Público, de Política y Desarrollo del Espacio Público y de Regeneración Urbana y Alumbrado.
Artículo 3° - Desígnase coordinadora de la Comisión de Control creada en el artículo 1° a la Sra. Malena Figueroa, DNI N° 13.214,775
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Acciones en la Vía Pública, de Ordenamiento del Espacio Público, de Política y Desarrollo del Espacio Público y de Regeneración Urbana y Alumbrado y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese.