DISPOSICIÓN 7 2009 DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL

Síntesis:

PROCEDE AL SORTEO DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD PARA LA CAMPAÑA ELECTORAL 2009 - VÍA PÚBLICA - PARTIDOS POLÍTICOS - CONFEDERACIONES Y ALIANZAS - CANDIDATURAS - ASIGNACIÓN - ADJUDICACIÓN - UBICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA

Publicación:

08/06/2009

Sanción:

28/05/2009

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL


VISTO: La Ley 268, la Ley 2506, el Decreto N° 2075/07, el Decreto N° 183/09 y la Resolución N° 519-MJYSGC/09, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 6° de la Ley 268, el Ministro de Justicia y Seguridad dictó la Resolución N° 519-MJYSGC/09, por la que cual se aprobaron los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública, que serán asignados a los partidos políticos, confederaciones y alianzas que han oficializado candidaturas, hasta el 26 de junio de 2009, conforme al detalle que como Anexo la integra;

Que por Resolución de referencia se instruyó a la Dirección General Electoral para que publique en el sito web oficial del Gobierno de la Ciudad los agrupamientos mencionados con identificación del número de grupo, cantidad, tipo y ubicación de los espacios que lo conforman, y el método de distribución utilizado para su determinación;

Que por el Artículo 3° de la Resolución citada en el párrafo anterior, se instruye a la Dirección General Electoral para que efectúe el sorteo de asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública señalados, en su sede y ante Escribano del Gobierno de la Ciudad;

Que oportunamente se notificará a los partidos, confederaciones y alianzas mencionadas precedentemente, de las asignaciones correspondientes;

Por ello, y en uso de las facultades que le han sido delegadas,

EL DIRECTOR GENERAL DE ELECTORAL

DISPONE

Artículo 1°.-Procédase al sorteo de asignación de grupos de espacios de publicidad en la vía pública de acuerdo a la ubicación y distribución geográfica que obra como Anexo de la Resolución N° 519-MJYSGC/09 vencido el plazo de 72 horas de publicación en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad, en la sede de la Dirección General Electoral, sita en Avenida de Mayo 633 7° Piso de esta Ciudad.

Artículo 2°.-A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1°, se procederá en primer lugar a determinar el orden de los partidos, confederaciones y alianzas que oficializaron candidatura para la elección de 28 de junio de 2009, alfabéticamente, procediéndose luego al sorteo de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública, identificándose cada uno de los mismos con los números de orden allí determinados.

Artículo 3°.-Una vez adjudicados los mismos se procederá a formalizar la asignación mediante la respectiva acta de sorteo suscripta por el Señor Julián Marcelo Curi, Director de la Dirección General Electoral y del Escribano del Gobierno de la Ciudad nombrado a tal efecto.

Artículo 4°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los partidos políticos, confederaciones y alianzas y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido archívese.


ANEXOS


El anexo de la presente disposición se encuentra en la SEPARATA del BOCBA 3190 del 08/06/2009

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Disp. DGELEC-09 Sortea los espacios de publicidad para las candidaturas elecciones 2009, de acuerdo a lo dispuesto por la Res. 518-MJYSGC-09