DISPOSICIÓN 1571 2009 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Síntesis:

ESTABLECE QUE EL DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN OPERATIVA, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN OPERATIVA - REALICE LA DEPURACIÓN - ARCHIVO - BAJA DEL SISTEMA DE DENUNCIAS INGRESADAS POR SUD DE LOS AÑOS 2005 Y 2006

Publicación:

16/06/2009

Sanción:

18/05/2009

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL


Vistas las leyes N° 2506/07 (B.O.C.B.A N° 2824 de fecha 04/12/07) y N° 2624/07

(B.O.C.B.A. N° 2843 de fecha 04/01/08), la Resolución N° 296/08 (B.O.C.B.A. N° 2999 de fecha 25/08/08), la Resolución N° 01/AGC/2008 Resolución N° 238/AGC/2009, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 192/GCABA/MGGC/06 se reglamenta el trámite para las denuncias ingresadas en el Ministerio de Gobierno;

Que, mediante Resolución N° 18/SSCC/05 se crea la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa - UPCO - entre cuyas funciones y responsabilidades se incluían las de recibir, analizar y procesar la totalidad de los requerimientos de intervención inspectiva a los efectos de realizar una eficaz supervisión de los procedimientos tendientes a transparentar la operatoria en materia inspectiva y contar con información consolidada y procesada estadísticamente que facilitaba la evaluación de gestión y el control de resultados;

Que, era la mentada Unidad quien analizaba las denuncias ingresadas en el SistemaÚnico de Denuncias (SUD) y les daba posterior intervención a las distintas áreas del Ministerio según contenido;

Que, una vez ingresadas al sistema, las denuncias presentadas por escrito debían ser giradas a la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa;

Que, mediante la Ley N° 2624/07 se crea la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con su organización y competencias;

Que, en este esquema no se halla previsto el funcionamiento de la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa encargada de tales funciones;

Que, por otra parte, el Plan Operativo Anual aprobado para este año por Resolución n°238/AGC/2009 contempla las denuncias ingresadas por el Sistema Único de Denuncias, estableciendo un nivel de planificación del 20% de las inspecciones de origen externo a la Dirección General;

Que, por Disposición N° 162/DGFyC/2009 estableció el procedimiento con el objeto de darle tratamiento a las denuncias ingresadas a esta Dirección General;

Que, esta dirección General durante el año 2008 y el primer cuatrimestre de este año a logrado cumplimentar el 88% de las denuncias ingresadas, un record histórico en el nivel de respuesta a los vecinos de la ciudad;

Que, se ha realizado un relevamiento del acumulado histórico, es decir el caudal de denuncias heredades de gestiones anteriores (año 2005, 2006 y 2007) que a la fecha no han sido cumplimentadas.

Que, del análisis de las mismas surge que un alto volumen corresponden a 1) competencias que en la actualidad, conforme al decreto reglamentario 2074/GCBA/2007, posea esta Dirección General 2) faltas fugitivas 3) que no han tenido nuevo impulso en el año 2008, 4) que conforme al sistema PRAC se trataría de otro rubro comercial al denunciado.

Que, asimismo se ha realizado un relevamiento de ?sugerencia de intervención planificada? SIP que se encontrarían activas sin asignación de domicilio.

Que, de todo lo desarrollado y a fin de proseguir con un tratamiento eficaz y eficiente a los recursos de esta Dirección General corresponde realizar una reorganización de las circunstancias descriptas ut supra

Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas por las leyes N° 2506/2007 (B.O.C.B.A. N° 2824 de fecha 04/12/07) y N° 2624/07 (B.O.C.B.A. N° 2824 de fecha 04/01/08) y Resolución N° 01/AGC/2008;

LA DIRECTORA GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL

DISPONE:

Art.1°.- Establecer que el Departamento de Programación Operativa, dependiente de la Dirección de Administración y Gestión Operativa, realice la depuración y/o archivo y/o baja del sistema, según corresponda, de todas las denuncias ingresadas por SUD de los años 2005 y 2006 atento al tiempo transcurrido y que las mismas no han tenido impulso alguno por parte de los interesados y/o pertenecen a competencias de otrasdependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- Establecer que el Departamento de Programación Operativa, dependiente de la Dirección de Administración y Gestión Operativa, realice la depuración, archivo y/o baja del sistema, según corresponda, de todas las denuncias ingresadas por SUD en el año 2007 que reúnan alguna de las siguientes características :
a) Sean ?faltas fugitivas?
b) La materia corresponda a competencias de otras dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires conforme Decreto 2075/GCBA/2007.
c) Conforme al PRAC el domicilio haya cambiado de actividad comercial y/o de titular.
d) Conforme a la Ley de criticidad N° 2553 y a la Resolución N° 238/AGC/2009 (POA) sean actividad ?no criticas?

Art.3°.- Establecer que el Departamento de Programación Operativa dependiente de la Dirección de Administración y Gestión Operativa pocedá a dar de baja del sistema a todas las ?sugerencias de intervención Planificada? SIP que a la fecha de la presente se encuentren en estado activo y no se les haya asignado domicilio alguno.

Art. 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Industrias y Otros Locales, Dirección de Actividades Especiales, Dirección de Administración y Gestión Operativa, Dirección de Asuntos Legales y a la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control. Fecho, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Disp. 1571-DGFYC-09 se da de baja a las denuncias ingresadas al SUD año 2005, 2006, que tengan que ver con actividades consideradas no críticas Res. 238-AGC-09
COMPLEMENTADA POR
Disp.1558-DGFYC-09 Complementa normativa s-depuración de documentación del sistema informático, por Disp. 1571-DGFYC-09