RESOLUCIÓN 7780 2008 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE DETERMINAN LOS ESTABLECIMIENTOS QUE DEPENDERÁN DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DEL ADULTO Y DEL ADOLESCENTE - DIRECCIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR Y DE LA DIRECCIÓN FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ESCUELAS - VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS -
Publicación:
04/08/2009
Sanción:
01/12/2008
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: Los Decretos N° 500- GCBA/08 y N° 736/2008, la Carpeta N 7916¬
MEGC/2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 500-GCBA/08 se crearon dentro de la órbita de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal dependiente de la Subsecretaria de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación las Direcciones de Educación Primaria, de Educación Media, de Educación Especial, de Educación Técnica, de Educación Artística, de Educación del Adulto y del Adolescente, de Formación Docente y de Formación Técnico Superior;
Que en el anexo l de la mencionada norma se describen las acciones correspondientes a cada una de las Direcciones mencionadas;
Que las Direcciones de Formación Docente y de Formación Técnico Superior surgieron a partir del desdoblamiento administrativo de la (ex) Dirección General de Educación Superior, comprendiendo por lo tanto a establecimientos que otrora dependían administrativa, funcional y orgánicamente de dicha Dirección General;
Que conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 736- GCBA/2008, la estructura a nivel de Direcciones creada por Decreto N° 500-GCBA/08, entro en funcionamiento a partir del 1° de enero de 2008;
Que siendo ello así, y a tenor de las acciones que se describen en el Anexo l del Decreto N° 500-GCBA/2008, resulta menester determinar en forma precisa la incumbencia de tales Direcciones;
Que similar situación acontece con algunos establecimientos dependientes de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente, que han cambiado su dependencia funcional a partir del 1° de enero de 2008;
Que la situación descripta plantea la necesidad de dejar constancia de tal circunstancia en los certificados de terminación estudios que entregan los establecimientos dependientes de las áreas educativas involucradas;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Artículo 1°.-Establécese que los establecimientos mencionados en el Anexo l, que a todos sus efectos forma parte de la presente Resolución, dependerán funcionalmente de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente.
Artículo 2°.-Establécese que los establecimientos mencionados en el Anexo ll, que a todos sus efectos forma parte de la presente Resolución, dependerán funcionalmente de la Dirección de Formación Docente.
Artículo 3°. -Establécese que los establecimientos mencionados en el Anexo lll, que a todos sus efectos forma parte de la presente Resolución, dependerán funcionalmente de la Dirección de Formación Técnico Superior.
Artículo 4°.-Déjase establecido que los certificados de estudios emitidos durante el año 2008 por los establecimientos dependientes de las Direcciones mencionadas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente serán válidos con independencia del área educativa que figure en los mismos como emisora.
Artículo 5°.-Dése al registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarias de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera Administración de Recursos, y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Administración de Recursos y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.
ANEXOS
Los anexos de la presente norma se encuentra en la SEPARATA del BOCBA 3229 del 04/08/2009