ACORDADA 9 2009
Síntesis:
SE FIJA LA REMUNERACIÓN DE LOS MINISTROS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD - PODER JUDICIAL - SUELDO - SALARIO - MONTO
Publicación:
01/07/2009
Sanción:
12/05/2009
Organismo:
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En la Ciudad de Buenos Aires, a los doce días del mes de mayo de 2009, se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidenta, la señora jueza Ana María CONDE, y los señores jueza y juez Alicia E. C. RUIZ y José O. CASÁS; y
CONSIDERAN:
Conforme lo estableció la ley n° 2080, âel Tribunal Superior de Justicia fijará la remuneración de sus integrantes, la cual no podrá superar en más de un treinta por ciento (30%) a la que corresponda a un Juez de Cámara de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesâ.
Por la Acordada n° 12/2006, se estableció como criterio para los Ministros del Tribunal Superior de Justicia, la percepción como sueldo básico de un haber superior en un 29,26% al correspondiente al de los Jueces o Juezas de las Cámaras de Apelaciones de la Ciudad.
La Resolución n° 146 del 16 de abril de 2009 del Consejo de la Magistratura, dispuso en su artículo 1° un incremento remunerativo del cinco por ciento (5%) retroactivo al día 1° de enero de 2009 y en su artículo 2° un incremento remunerativo del diez por ciento (10%) a partir del 1° de mayo de 2009, en el salario de todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
Mediante la nota n° 176/2009 suscripta por la Dra. Liliana A. Blasi, en ejercicio de la Presidencia del Consejo de la Magistratura local, se informó en respuesta a lo solicitado por este Tribunal que el monto de la retribución correspondiente al cargo de juez o jueza de Cámara fijada por la Resolución n° 146/2009 asciende a DOCE MIL SESENTA Y SIETE PESOS CON DIECISEIS CENTAVOS ($12.067,16) para el mes de enero de 2009 y TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 13.273,89) para el mes de mayo del corriente año.
Con estos antecedentes, corresponde practicar el reajuste correspondiente y establecer el salario básico de las juezas y jueces del Tribunal.
Por ello, con sustento en las atribuciones consagradas en el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la autorización conferida por el artículo 1 de la ley 2.080, los jueces del Tribunal Superior de Justicia,
ACUERDAN:
1. FIJAR la remuneración de los señores Ministros del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que respecta a su sueldo básico en la suma de QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON UN CENTAVO ($ 15.598,01), a partir del 1° de enero de 2009; y en la suma de DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 17.157,83), a partir del 1° de mayo de 2009.
2. MANDAR se registre, se dé a la Dirección General de Administración para que su instrumentación y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.