RESOLUCIÓN 3818 2009 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

RATIFICA PLAN DE ESTUDIOS FORMACIÓN DE TÉCNICOS SUPERIORES EN SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PROFESORES DE INFORMÁTICA - IMPLEMENTADO EN EL INSTITUTO JUAN AMOS COMENIO - DEJA SIN EFECTO TÍTULOS INTERMEDIOS TÉCNICO EN INFORMÁTICA EDUCATIVA Y PROFESOR EN INFORMÁTICA PARA EL NIVEL INICIAL - PRIMARIO - PRIMERO Y SEGUNDO CICLO DE LA EGB - COHORTE 2009

Publicación:

22/07/2009

Sanción:

30/06/2009

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Carpeta N° 4680-MEGC-2009, La Ley de Educación Nacional N° 26206, la Ley 33 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 144/08 del Poder Ejecutivo Nacional, las Resoluciones del Concejo Federal de Educación N° 24/07, N ° 73/08 y 74/08 y la Resolución N° 2569/MEGC/08, y,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 75 de la Ley de Educación Nacional establece que la formación docente inicial tendrá una duración de cuatro años académicos;

Que la Resolución 24/07 del Consejo Federal de Educación dispone, además, que los planes de estudio de los Profesorados tengan como mínimo 2.600 horas reloj de duración y define la nominación de los títulos que se otorgan;

Que estas disposiciones rigen para todas los Institutos Superiores de Formación Docente de gestión estatal y privada y son requisitos para otorgar la validez nacional de los títulos;

Que es responsabilidad del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el resguardo de la validez nacional de los títulos docentes emitidos por la Jurisdicción;

Que los planes de estudios vigentes en los Institutos de Formación Docente de gestión estatal y privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requieren ser adecuados a dichos parámetros mínimos para mantener la validez nacional de los correspondientes títulos;

Que el Decreto 144/08 del Poder Ejecutivo Nacional establece el 31 de julio de 2009 como fecha límite para el inicio del trámite de validez nacional de los títulos ante el Ministerio de Educación de la Nación;

Que en estos actuados, el Instituto “Juan Amos Comenio“ (A-817) que aplica el plan de estudios “Formación de Técnicos Superiores en Sistemas Informáticos y Profesores de Informática“, aprobado por la Resolución N° 1167/SED/96 y modificado por las Resoluciones N° 346/SED/03 y N° 3663/SED/03, ha solicitado la adecuación del mismo a la normativa vigente y ha iniciado el correspondiente proceso de modificación del plan vigente;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Educación de Gestión Privada, recomendando proceder a la adecuación requerida para dar cumplimento a los requisitos definidos para mantener la validez nacional de los títulos;

recomendando proceder a la adecuación requerida para dar cumplimento a los requisitos definidos para mantener la validez nacional de los títulos;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Ratifícase el plan de estudios “Formación de Técnicos Superiores en Sistemas Informáticos y Profesores de Informática“, aprobado originalmente por Resolución N° 1167/SED/96 y modificado por Resoluciones N° 346/SED/03 y N° 3663/SED/03, para ser implementado en el Instituto Juan Amos Comenio“ (A-817).

Artículo 2°. Déjase sin efecto los títulos intermedios de “Técnico en Informática Educativa“ y “Profesor en Informática para el Nivel Inicial, Primario/ Primero y Segundo Ciclo de la EGB“, a partir de la cohorte 2009.

Artículo 3°. La Caja Curricular correspondiente a la Formación Docente, la carga horaria, duración de la carrera y el listado de instituciones donde se desarrolla la carrera, a los efectos de unificar los puntos centrales y requisitos exigidos para solicitar la validez nacional del título, se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.-

Artículo 4°.- Establécese que la reformulación del nuevo diseño curricular implicará la separación de la Formación Técnica y la Formación Docente, en dos planes de estudios, que atiendan a los requisitos de la normativa vigente para cada modalidad.

Artículo 5°.- Déjase constancia que los nuevos planes de estudios serán presentados antes del 31 de julio de 2009 al Ministerio de Educación de la Nación para tramitar la validez nacional de los mismos.

Artículo 6°.- La ratificación que se aprueba en el artículo 1° de la presente Resolución no lleva implícito el derecho a percibir aporte gubernamental.

Artículo 7°. Dése al registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera, a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Educación de Gestión Estatal, de Planeamiento Educativo (Dirección de Evaluación Educativa) y de Coordinación Legal e Institucional (Dirección de Títulos y Legalizaciones) y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y, pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a efectos de posteriores trámites.

Cumplido, archívese.


ANEXOS

El Anexo puede consultarse en la Separata BOCBA 3220

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La REs. N° 38181-MEGC-09 ratifica Plan de Estudios Formación de Técnicos Superiores en Sistemas Informáticos y Profesores de Informática en el marco del Decreto N° 144-PEN-08
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 5806-ME-10 aprueba la adecuación incorporada al diseño curricular para el profesorado en Informática, aprobado por Res 3818-ME-09 para su aplicación en el Instituto Juan Amós Comenio