RESOLUCIÓN 201 2009 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Síntesis:

SE AUTORIZA A LOS HOSPITALES A ADQUIRIR OXÍGENO GASEOSO Y LÍQUIDO- PRÓRROGA - COMPRA - ADQUISICIÓN - MINISTERIO DE SALUD - LICITACIÓN PÚBLICA 1-09

Publicación:

22/07/2009

Sanción:

29/06/2009

Organismo:

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES


VISTO: La ley N° 2.095 promulgada por decreto N° 1772/GCBA /2006, el Decreto N° 754/08, el Decreto N°1353/GCABA/08, la Resolución N ° 92/UPE-UOAC/2009, la Resolución N° 169/UPE-UOAC/2009, la Carpeta N° 50/U PE-UOAC/2008, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 1353/GCABA/08 se creó la Unid ad Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, la cual tiene a su cargo la coordinación agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos, por si o por terceros;

Que mediante la Resolución del Directorio de esta UPE-UOAC N° 092/UPE-UOAC/09, del 26 de marzo de 2009, se autorizó a los Hospitales del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires a adquirir oxígeno liquido y oxígeno gaseoso hasta el 31 de mayo de 2009.

Que mediante la Resolución N° 169/ UPE-UOAC/09, del 12 de mayo de 2009, se prorrogó la vigencia de la Resolución precedente hasta el 30 de junio de 2009.

Que mediante resolución N° 3/SSASS-SSGO/2009 se apr obó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública N° 1/2009 contratación mediante la cual se gestiona la compra centralizada de oxígeno líquido y gaseoso.

Que luce en las mencionadas actuaciones el Correspondiente Cuadro Comparativo de Precios, el cual es un fiel reflejo del Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 9903/2009 mediante el cual se desestima la oferta de PRAXAIR ARGETINA S.R.L. (renglones 26,32 y 44) y no refleja cotizaciones para los renglones 16, 18 y 39.

Que posteriormente la firma PRAXAIR ARGETNINA S.R.L. presentó su impugnación respecto a la desestimación de su oferta.

Que sin perjuicio de lo establecido, la contratación de referencia se encuentra en cumplimiento de la normativa vigente en la Procuración General del GCBA quien deberá expedirse sobre la misma.

Que de lo expuesto surge con claridad que la contratación de referencia, se encuentra en su etapa final.

Que sin perjuicio de lo manifestado y encontrándose próximo a vencer el plazo estipulado en la Resolución N° 169/ UPE-UOAC/09 al solo efecto de brindar a los Hospitales la posibilidad de garantizar su abastecimiento corresponde autorizar una prórroga para que los mismos puedan por razones de urgencia o emergencia proceder a la compra de oxígeno líquido y gaseoso, hasta tanto la contratación que tramita por la Carpeta N° 50/UPE-UOAC/2008 se adjudique.

Que esta medida se adopta al solo efecto de no poner en riesgo el normal funcionamiento del Sistema de Salud siendo un mecanismos transitorios y de excepción,

Que sin perjuicio de lo establecido, resulta pertinente para un adecuado control del gasto y de los insumos que se encuentran incluidos en las compras centralizadas que los hospitales informen a esta Unidad las compras realizadas y los montos abonados en cada una de ellas.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, 5° y 11° del Decreto N° 1353/GCABA/08,

EL DIRECTORIO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE)

CON CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizase a los Hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires involucrados a adquirir oxígeno gaseoso indicado en los renglones 16, 18 y 39 de la licitación pública N° 1/2009 hasta que los mismos sean adquiridos en forma centralizada por esta Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Centrales en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda.

Artículo 2°.- Autorizase a los Hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires involucrados a adquirir oxígeno gaseoso indicado en los renglones 26, 32 y 44 de la licitación pública N° 1/2009 hasta que se resuelva la correspondiente impugnación presentada por PRAXAIR ARGETNINA S.R.L a esta Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Centrales en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda.

Artículo 3°.- Autorizase a los Hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, no incluidos en lo establecido en los artículos 1° y 2° de la presente resolución, y al solo efecto de garantizar su abastecimiento a adquirir oxígeno líquido y gaseoso hasta tanto la contratación que tramita por la Carpeta N° 50/UPE-UOAC/2008 se adjudique.

Artículo 4°.-Hágase saber a los Hospitales pertenecientes al Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires la presente medida.

Artículo 5°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los interesados. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 201-UPE-OAC-09 Autoriza a los Hospitales la adquisición de oxígeno líquido establecido en la licitación pública N° 1-2009, hasta tanto se resuelva la impugnación presentada en el marco de la misma, quedando modificada la fecha establecida por Res 169-UPE-OAC-09
INTEGRA
Art 2 de la Res 201-UPE-OAC-09 Autoriza a los Hospitales a adquirir oxígeno gaseoso indicado en los renglones 26, 32 y 44 de la licitación pública N° 1-09 hasta que se resuelva la correspondiente impugnación presentada por PRAXAIR ARGETNINA SRL