RESOLUCIÓN 536 2009 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

ESTABLECE PAUTAS DE CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS MAYORES

Publicación:

22/07/2009

Sanción:

20/07/2009

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


VISTO: el numeral 1.3.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado por Decreto N° 1254/08, y

CONSIDERANDO:

Que la citada disposición contractual dispone que ?Además de estudiar exhaustivamente la documentación de la licitación, es obligación del oferente de obtener en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo?;

Que el cumplimiento de la mencionada disposición contractual se viene implementando mediante la visita a obra cuyo comprobante, expedido por la administración, debe ser acreditado por el proponente en su oferta;

Que en razón de la experiencia receptada en la aplicación de la norma mencionada y, en concordancia con las demás medidas dispuestas para garantizar el anonimato de los posibles oferentes a la licitación en curso, se considera necesaria la implementación de un procedimiento de visita a obra que mantenga el citado principio.

Por ello en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2506 y el Decreto N° 325/08,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE

Artículo 1°.- Dispónese en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo Urbano que la norma contenida en el numeral 1.3.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores se deberá cumplir en la forma que se indica en el Anexo que forma parte de la presente.

Artículo 2°.-Registrese y publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, de Planeamiento, de Ingeniería y Obras Públicas, de Transporte y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

A los fines del cumplimiento del Numeral 1.3.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado por Decreto N° 1254/08 deberá practicarse el siguiente procedimiento.

1. Las Direcciones Generales del Ministerio de Desarrollo Urbano que se encuentren a cargo del procedimiento licitatorio deberán fijar más de un día para las visitas a obra que deban ser realizadas por los interesados, designando a los representantes de la Administración para la atención de los mismos en el sitio en forma rotativa participando de la entrega de certificados distinto personal cada uno de los días previstos. Los días y el horario en que podrán efectuarse dichas visitas serán efectuadas por Circular y publicadas en la página de la Administraciónwww.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras.

2. El comprobante de visita a obra será otorgado a toda persona que concurrainvocando su interés en el procedimiento licitatorio sin individualización.

3. No se formará registro formal o informal alguno de las visitas.

4. El incumplimiento de las precedentes disposiciones será considerada falta grave del funcionario involucrado.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 536-MDUGC-09, dispone que deberá practicarse determinado procedimiento, a los fines del cumplimiento del numeral 1.3.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado por Decreto 1254/08.</p>