RESOLUCIÓN 787 2009 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
SISTEMA ÚNICO DE GESTIÓN DE RECLAMOS - SE APRUEBA PROCEDIMIENTO INTERNO PARA GESTIÓN DE RECLAMOS ADMINISTRATIVOS - SISTEMA DE ATENCIÓN AL VECINO - PROTECCIÓN AMBIENTAL - ALUMBRADO EN CALLES - PLAZAS - ACERAS - RED PLUVIAL - ARBOLADO - SANEAMIENRO MOBILIARIO URBANO - ESPACIO PÚBLICO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN CIUDADANA - PÁGINA WEB - CENTROS DE ATENCIÓN DE AL PÚBLICO DE LOS CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL - CGPC
Publicación:
30/07/2009
Sanción:
24/04/2009
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO: la Ley N° 2.506, los Decretos N° 521/06, N° 630/08, N° 2.075/07, el Expediente N° 20.097/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° de los Decretos N° 521/06 y N° 630/08 se establece el SistemaÚnico de Gestión de Reclamos como herramienta informática de uso obligatorio para todas las áreas que conforman el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos;
Que el sistema mencionado precedentemente, tiene por objeto brindar respuestas concretas y eficientes a los reclamos de los ciudadanos;
Que dentro de las competencias asignadas al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, mediante el Decreto N° 2.075/07, se encuentra la de diseñar e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público;
Que por la misma norma se estableció dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General Atención Ciudadana la de administrar el Sistema de Atención al Vecino y derivar inquietudes a las áreas correspondientes;
Que el Sistema de Atención al Vecino se encuentra en una fase inicial de desarrollo por lo que resulta conveniente definir el procedimiento y las acciones a seguir con relación al actual procedimiento de recepción, derivación y respuesta a los reclamos vecinales hasta tanto sea operativo el nuevo sistema.
Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 2.506 y su Decreto reglamentario 2.075/07,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento interno para la gestión de reclamos administrativos, detallado como Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, resultando el mismo de aplicación obligatoria para todas las áreas dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.
Artículo 2°.- Desígnase como autoridad de aplicación del presente procedimiento a la Dirección General Atención Ciudadana, y/o quien en el futuro la reemplace.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de este Ministerio. Cumplido archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma se encuentra en la SEPARATA del BOCBA 3226 del 30/07/2009