RESOLUCIÓN 471 2009 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
CONTRIBUYENTES IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - CONTINUAN CON SUS PRESENTACIONES ANTE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU FORMA HABITUAL HASTA NO SER EXIGIBLE PARA SUS OBLIGACIONES
Publicación:
30/07/2009
Sanción:
23/07/2009
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Los términos de la Resolución N° 433/AGIP/2009 (BOCBA N° 3216) y lo dispuesto por la Resolución N° 2651/DGR/2009 de fecha 15 de julio de 2009 y,
CONSIDERANDO:
Que la implementación de la Clave Ciudad tiene por objeto seguir profundizando el mejoramiento de la relación Fisco - Contribuyente permitiéndoles a estos últimos la realización de trámites de manera más ágil y dando seguridad de la identidad del presentante;
Que en razón de los hechos que son de público conocimiento, de la feria administrativa dispuesta en consecuencia y atendiendo a la concepción de esta Administración plasmado en el párrafo anterior, es que se entiende necesario dar más flexibilidad para el proceso de obtención de Clave Ciudad plasmado en el párrafo anterior, es que se entiende necesario dar más flexibilidad para el proceso de obtención de Clave Ciudad
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que se encuentren comprendidos en los términos de la Resolución N° 2651/DGR/2009, podrán continuar con sus presentaciones ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en la forma en que lo vienen haciendo, hasta tanto no les resulte exigible su uso en razón del cumplimiento de alguna de sus obligaciones.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Rentas, dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.