DECRETO 659 2009

Síntesis:

SE RATIFICAN CONVENIOS SUSCRIPTOS ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES - CON LA ASOCIACIÓN CATALINAS SUR - OCUPACIÓN DE LAS PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO UBICADAS EN EL INTERIOR DEL BARRIO ALFREDO PALACIOS - EX CATALINAS SUR - PERMISO DE USO PRECARIO Y ONEROSO - DI

Publicación:

03/08/2009

Sanción:

27/07/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: El Expediente N° 16.448/2006, y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 38.836 se homologó el convenio suscripto por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Asociación Catalinas Sur, por el cual se otorgó a la citada entidad, a título precario y gratuito y por el término de veinte (20) años, un permiso de ocupación, uso y explotación de todas las playas de estacionamiento, ubicadas en el interior del Barrio Catalinas Sur, cuyo vencimiento operó el 7/4/2003;

Que la Dirección General de Concesiones, atento las competencias que le son propias, elaboró un Informe en el que concluye que sería procedente la continuación de la ocupación del predio por parte de la Asociación Catalinas Sur, hasta que se designe un nuevo adjudicatario;

Que con fecha 27 de marzo de 2008 la Dirección General de Concesiones suscribió un permiso de uso precario y oneroso en virtud de razones de oportunidad, mérito y conveniencia, que le permitiera a la Asociación Catalinas Sur la continuación de la ocupación de las Playas de Estacionamiento ubicadas en el interior del Barrio “Alfredo Palacios“ (ex Catalinas Sur), por un plazo máximo de seis (6) meses, salvo que con anterioridad se hubiere concretado el pertinente llamado a licitación pública, para la adjudicación de dicho sector, o que la Administración lo revoque por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, sin derecho a indemnización o reclamo alguno por parte de la Asociación Catalinas Sur;

Que con fecha 16 de abril de 2009 la Dirección General de Concesiones suscribió un nuevo permiso de uso precario y oneroso prorrogando el anterior siendo que, a la fecha, la Asociación Catalinas Sur, detenta la ocupación de las citadas playas de estacionamiento, sin que haya finalizado el proceso licitatorio para la adjudicación del mencionado espacio;

Que por tratarse el predio en cuestión de un bien del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el temperamento propiciado encuentra fundamento en la preservación del inmueble aludido, en lo relativo al mantenimiento y conservación del patrimonio de la Ciudad, constituyendo el otorgamiento del permiso de uso precario una mera tolerancia de la Administración que no otorga derechos y es por lo tanto revocable sin derecho a indemnización alguna;

Que los Convenios aquí mencionados, han sido suscriptos ad referéndum del Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en consecuencia, corresponde ratificar los Convenios suscriptos con la mencionada entidad con fechas 27 de marzo de 2008 y 16 de abril de 2009, respectivamente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, de conformidad a lo establecido por la Ley 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, inciso 23 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Ratifícanse los Convenios suscriptos con fechas 27 de marzo de 2008 y 16 de abril de 2009 respectivamente, entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Director General de Concesiones y la Asociación Catalinas Sur, que en copias fieles como Anexo I y Anexo II, forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Concesiones la que deberá practicar notificación fehaciente al interesado. Cumplido Archívese.


ANEXOS


Los anexos del presente decreto se pueden consultar en la SEPARATA del BOCBA 3228 del 03/08/2009

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Arts. 4 a 7 de la Resolución 95-SSEMERG-16 aprueba Planes Operativos, en el marco del Plan Director de Emergencias, aprobado por Decreto 659-09.</p>
REFERENCIA
Dec. 659-09 refiere a la Ord. 38836,se homologó el convenio suscripto por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Asociación Catalinas Sur