RESOLUCIÓN 95 2016 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
Síntesis:
SE DEROGA LA RESOLUCIÓN 3283-SSEMERG-11 - SE MODIFICA EL PLAN DIRECTOR - PROPÓSITO - ALCANCE - APRUEBA PLAN OPERATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - UNIDAD DE INTERVENCIÓN SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LA VÍCTIMA - PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS
Publicación:
25/08/2016
Sanción:
22/08/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS
VISTO:
La ley N° 5460; Decreto 695/09, Decreto 363/15 y modificatorios, las Resoluciones
Nros. 3283/SSEMERG/11 y 139/SSEMERG/15, el Expediente N° 12680694-MGEYA-
SSEMERG-2016, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5460 en su Artículo 18, inciso 15, impone al Ministerio de Justicia y
Seguridad, entre otras obligaciones, la de implementar un sistema coordinado y único
de emergencias, catástrofes y siniestros,
Que el Decreto 660/11 dispone, entre las responsabilidades de la Subsecretaría de
Emergencias, la de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el mismo Decreto, de esta manera, estipula que la Subsecretaría de Emergencias
debe generar un programa de mejora continua del sistema coordinado y único de
emergencias.
Que en relación a ello, debe planificar, diseñar e implementar políticas, planes,
procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia y comunicarlos a
la ciudadanía.;
Que, mediante el Decreto 695/09, con la finalidad de disponer de herramientas
eficaces para resolver en la práctica los problemas reales que se suscitan frente a
amenazas en la ciudad y en virtud de la existencia de un proyecto integral y
participativo para todas la aéreas involucradas ante una situación de emergencia, se
aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en la norma mencionada se estipula que la Subsecretaría de Emergencias, es la
autoridad de aplicación del Plan Director de Emergencias,
Que, asimismo, se faculta a la Subsecretaría de emergencias a dictar las normas
complementarias y aclaratorias que sean necesarias para la implementación de dicho
Plan.
Que en el mencionado Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, las áreas integrantes de este Plan desarrollarán los Planes Operativos
correspondientes elevándolos a la autoridad de aplicación para su aprobación y
posterior incorporación definitiva;
Que mediante Resolución N° 3283/SSEMERG/11, fue aprobado e incorporado el plan
Operativo de Emergencias de la Dirección General del Cuerpo de Agentes y Control
de Transito y Transporte;
Que mediante Resolución N° 139/SSEMERG/15, han sido aprobados e incorporados
los Planes Operativos de Emergencias correspondientes a la Dirección General de
Atención y Asistencia a la Víctima (art. 6), y de la Unidad de Intervención Social (art.
3);
Que en virtud de la presentación por parte de las reparticiones precedentemente
mencionadas, de nuevos Planes Operativos de Emergencias, que contienen
modificaciones en cuanto a lo aprobado por Resoluciones Nros. 3787/SSEMERG/11 y
139/SSEMERG/15, resulta necesario receptar y aprobar las modificaciones
propiciadas;
Que en el marco de la actualización permanente del Plan Director de Emergencias, la
Policía Metropolitana de la Ciudad, realiza una presentación a los efectos de que se
apruebe el correspondiente Plan Operativo de Emergencias para dicha institución;
Que resulta de importancia primordial mantener actualizado el sistema de
emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para promover el ordenamiento
y la cooperación entre las actividades de distintas áreas del Gobierno, con el fin de
generar un modelo de atención de emergencias efectivo e inmediato;
Por ello y en uso de facultades que les son propias,
ARTÍCULO 1: Deróguese la Resolución N° 3283/SSEMERG/11, correspondiente al
Plan Operativo de la Dirección General de Cuerpo de Agentes de Tránsito y Seguridad
Vial, perteneciente a la Subsecretaría de Movilidad Sustentable del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte.
ARTÍCULO 2: Deróguese el articulo 3 de la Resolución N° 139/SSEMERG/15,
correspondiente al Plan Operativo de la Unidad de Intervención Social y su Anexo II
(IF-2015-13745262-SSEMERG).
ARTICULO 3: Deróguese el articulo 6 de la Resolución N° 139/SSEMERG/15,
correspondiente al plan Operativo de la Dirección General de Atención y Asistencia a
la Víctima y su anexo V (IF-2015-13746835-SSEMERG).
ARTÍCULO 4: Apruébase el Plan Operativo actualizado de la Dirección General de
Cuerpo de Agentes de Tránsito y Seguridad Vial, integrante del Plan Director que
como Anexo I (IF-2016-19407317-SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente
norma.
ARTÍCULO 5: Apruébase el Plan Operativo de la Unidad de Gestión de Intervención
Social, integrante del Plan Director que como Anexo II (IF-2016-19407424-SSEMERG)
se adjunta y forma parte de la presente norma.
ARTICULO 6: Apruébase el Plan Operativo de la Dirección General de Atención y
Asistencia a la Víctima, integrante del Plan Director que como Anexo III (IF-2016-
19407530-SSEMERG) se adjunta y forma parte de la presente norma.
ARTICULO 7: Apruébase el Plan Operativo de la Policía Metropolitana, integrante del
Plan Director que como Anexo IV (IF-2016-19407614-SSEMERG) se adjunta y forma
parte de la presente norma.-
ARTÍCULO 8: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítanse copias a las
Direcciones Generales mencionadas en los anexos a los fines de que tomen
conocimiento de la mencionada aprobación. Cumplido, archívese. Nicolás
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4951