RESOLUCIÓN 21 2009 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

ACEPTA RENUNCIA DE LA ASOCIACIÓN HOTELES - RESTAURANTES - CONFITERÍAS Y CAFÉS AL CONCURSO BUENOS AIRES CALIDAD 2008

Publicación:

14/08/2009

Sanción:

06/04/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO: la Resolución N° 523/MDEGC/08, las Resoluciones Nros: 50/SSDE/08 (B.O.C.B.A.N° 3010) y 84/SSDE/08 (B.O.C.B.A.N° 3045) y el expediente N° 61.148/08, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 50/SSDE/08 (B.O.C.B.A. N° 3010), se convocó al concurso Apoyo a la Competitividad Porteña 2008, en sus categorías Calidad 2008, Innova 2008 y Producción Sustentable y Segura 2008 con la finalidad de favorecer el desarrollo y el mejoramiento de la actividad productiva de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el aporte de instituciones educativas y/o no gubernamentales, participando como patrocinantes de proyectos de MIPyMEs;

Que la Resolución N° 523-MDEGC-08, convocó en el marco del Concurso mencionado a la categoría Buenos Aires Calidad 2008, orientada a patrocinar proyectos de mejora en calidad, a nivel de procesos productivos y de productos y de adopción de certificaciones técnicas por parte de las empresas radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el expediente N° 61.148/08 presentó su postulación de patrocinio en la categoría mencionada, la Asociación Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés, comprometiendo su participación, según lo establecido por la Resolución N° 50/SSDE/08 en el Anexo I (Bases y Condiciones), apartado II. 1. Etapa 1., donde se determina un mínimo de acciones a realizar por las entidades que fueran seleccionadas;

Que por Resolución N° 84/SSDE/08, Anexo I, fue aprobada en la categoría Buenos Aires Calidad 2008, la propuesta de la Asociación Hoteles, Restaurantes Confiterías y Cafés, entre otras, autorizándose el primer pago del beneficio, de acuerdo a lo establecido en el párrafo Primer Pago, del punto 3., parágrafo II del Anexo I de la Resolución N° 50/SSDE/08;

Que el parágrafo IV.1.,(Obligaciones de las Entidades Patrocinadoras), de la resolución antedicha, dice: ...Las Entidades Patrocinadoras se obligan a dar cumplimiento a todas las actividades proyectadas para cada Etapa del patrocinio, en los términos del compromiso asumido en la Carta Acuerdo que a tal efecto suscribirán con el Gobierna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de conformidad con la presente Resolución y estas Bases y Condiciones......... En el caso en que la entidad incumpliera con los compromisos asumidos correspondientes a cualquiera de las etapas, la Autoridad de Aplicación podrá exigir a la entidad la devolución de la parte proporcional del aporte efectuado...;

Que mediante nota de estilo, la mencionada entidad informó respecto de la imposibilidad de presentar proyectos empresariales de PYMES y manifestó su desistimiento a seguir participando en el concurso Buenos Aires Calidad 2008 y renunció expresamente al beneficio recibido en virtud de la primera etapa del concurso;

Que, por lo expuesto, corresponde aceptar la renuncia presentada por la referida institución y requerirle que proceda a la devolución de los montos que han sido percibidos en concepto de beneficios del concurso;

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase la renuncia presentada por la Asociación Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés al concurso Buenos Aires Calidad 2008.

Artículo 2°.- Ordénase que la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés deberá proceder a la devolución de la suma de pesos quince mil ($ 15.000.-), conforme lo previsto en la Resolución N° 50/SSDE/08, Anexo I, apartado IV, debiendo ajustarse a las normas y procedimientos en materia de administración financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría y Dirección General de Tesorería a fin de que cumplimenten lo establecido en el artículo 1° de la presente resolución. Cumplido, remítase para su conocimiento al Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General Administrativa y Legal y a la Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología para la notificación de la presente a las entidades y la prosecución del trámite por esta Subsecretaría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
renuncia concurso Buenos Aires calidad 2008