LEY 3128 2009
Síntesis:
INCORPORA TEXTO - DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA - LEY 2936 - PUBLICIDAD EXTERIOR - PUBLICARÁ BOLETÍN OFICIAL - TEXTO ORDENADO TO LEY 2936 - ORDENANZA 41115 - MATERIA DE MARQUESINAS
Publicación:
04/09/2009
Sanción:
06/08/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
03/09/2009
Estado:
No vigente
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Incorpórase como Disposición Transitoria Segunda de la Ley 2936 el siguiente texto: Lo establecido en el Artículo 44 de la presente Ley no será de aplicación, con referencia a lo normado por la Ordenanza 41.115 en materia de marquesinas, hasta tanto se sancione una ley especifica sobre la materia.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo publicará, en el Boletín Oficial C.A.B.A., en texto ordenado, la Ley 2936 y sus modificatorias.
Art. 3.- Comuníquese, etc.- Olmos - Pérez