RESOLUCIÓN 415 2009 SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA

Síntesis:

SE CONVALIDAN Y AMPLIAN LOS MÓDULOS ESTIMADOS PARA LOS SERVICIOS ADICIONALES PERMANENTES EFECTUADOS POR LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Publicación:

23/09/2009

Sanción:

29/07/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA


VISTO: Los términos de la Resolución N° 31-SSSU-2009, Resolución N° 327-SSSU-2009, y el Convenio N° 27/06; y

CONSIDERANDO:

Que para los meses de Julio y Agosto de 2009, resulta menester ampliar por mes en 15.000 la cantidad de módulos asignados, en atención a los objetivos que se dispusieron para dichos meses.

Que el incremento en la cantidad de módulos contratados obedece a la necesidad de dar cobertura a diversos objetivos , ente ellos: Inmueble correspondiente a ex fabrica de Colchones sito en Basualdo 1753, Inmueble sito en Av. Paseo Colon 1588, Plaza Dorrego, Centro de Identificación Provisorio de Niñas, Niños y Adolescentes, Centro de Evacuados Villa Carton ubicado en Autopista 7 y Av. 27 de Febrero, Predio sito en la intersección de las calles Santiago de Compostella, Av. Lacarra y Fernandez de la Cruz , Hospital Villa Lugano.

Que en virtud de la facturación librada y teniendo en cuenta los compromisos contraídos que son cubiertos por la Policía Federal Argentina y al propio tiempo constatada la documentación obrante en esta Subsecretaría; surge que se supero el tope dispuesto en el Convenio N° 27/2006 celebrado con la referida fuerza de seguridad.

Que de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del Convenio referenciado, la cantidad de módulos podrá ser modificada por la Subsecretaria de Seguridad Urbana, de acuerdo a las estimaciones de servicios adicionales permanentes efectuadas.

Que de conformidad con las atribuciones que le son propias, el suscripto se encuentra en condiciones de resolver sobre el particular.

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVE

Articulo 1°.- Convalídese y ampliase en 15.000 por mes los módulos estimados para los servicios adicionales permanentes, efectuados en los meses de Julio y Agosto de 2009, todo de conformidad con la facturación librada y que librará la Policía Federal Argentina y la documentación obrante en esta Jurisdicción.

Articulo 2°.- Tómese los recaudos presupuestarios pertinentes, con el fin de hacer frente a la erogación de que se trata.-

Articulo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda, Cumplido Archívese .

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. N° 479-SSU-09 sustituye el art. 1 de la Res. N° 415-SSU-09- Módulos para servicios adicionales permanentes