RESOLUCIÓN 479 2011 SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA

Síntesis:

SUSTITUYE EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 415-SSSU-2009 - CONVALIDA Y AMPLÍA EN  LOS MÓDULOS ESTIMADOS PARA LOS SERVICIOS ADICIONALES PERMANENTES, EFECTUADOS EN EL MES DE JULIO DE 2009 Y PARA EL MES DE AGOSTO DE 2009

Publicación:

12/05/2011

Sanción:

29/04/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA


VISTO:

Los términos de la Resolución N° 415-SSSU-2009, y el Convenio N° 27/06; Y

CONSIDERANDO:

Que, por la mencionada Resolución se ampliaron para los meses de Julio y Agosto de 2009 la cantidad de módulos asignados, en atención a los objetivos que se dispusieron para dichos meses;

Que, en virtud de la facturación librada y teniendo en cuenta los compromisos contraídos que son cubiertos por la Policía Federal Argentina y al propio tiempo constatada la documentación obrante en esta Subsecretaría; surge que se superó la cantidad de módulos en el mes de Julio de 2009;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del Convenio referenciado, la cantidad de módulos podrá ser modificada por la Subsecretaría de Seguridad Urbana, de acuerdo a las estimaciones de servicios adicionales permanentes efectuadas;

Que, en consecuencia resulta conveniente sustituir el artículo 1° de dicha resolución, incorporando 1.200 nuevos módulos para el mes de Julio de 2009;

Que, de conformidad con las atribuciones que le son propias, el suscripto se encuentra en condiciones de resolver sobre el particular;

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Sustituyese el Artículo 1° de la Resolución N° 415-SSSU-2009 por el siguiente: “Convalídese y amplíase en 16.200 los módulos estimados para los servicios adicionales permanentes, efectuados en el mes de Julio de 2009, y en 1.500 los módulos para el mes de Agosto de 2009, todo de conformidad con la facturación librada por la Policía Federal Argentina y la documentación obrante en esta Jurisdicción“

Artículo 2°.- Tómese los recaudos presupuestarios pertinentes, con el fin de hacer frente a la erogación de que se trata.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Molinero

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Convenio con la Policía Federal Argentina para la prestación de servicios de la Policía Adicional
MODIFICA
Res. N° 479-SSU-09 sustituye el art. 1 de la Res. N° 415-SSU-09- Módulos para servicios adicionales permanentes