DECRETO 830 2009

Síntesis:

SE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 404-09 - MESA DE COORDINACIÓN Y TRABAJO DE LAS VILLAS 31 Y 31 BIS - INTEGRANTES - REPRESENTANTES - CAUSA JUDICIAL - ONABE - DELEGACIÓN DE FACULTADES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

24/09/2009

Sanción:

18/09/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: El Decreto N° 404/09 y, el Expediente N° 33.786/09, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 404/09 se creó la Mesa de Coordinación y Trabajo de las Villas 31 y 31 bis con dependencia directa de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la Mesa de Coordinación y Trabajo tiene como objeto arbitrar las medidas que resulten conducentes para hacer frente a la problemática social y de seguridad de las villas 31 y 31 bis;

Que el citado Decreto se dicto a los afectos de dar cumplimiento a la manda judicial dictada en los autos caratulados: GCBA c/ ONABE s/ Proceso de conocimiento Incidente de Medida Cautelar que tramitan ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9;

Que dicha manda estableció un control conjunto entre la Policía Federal Argentina y las personas que habilite este Gobierno, en lo relativo al ingreso de vehículos que contengan materiales de construcción para ser utilizados en la edificación en altura, en contravención con las normas de edificación y/o habilitación vigentes;

Que, en tal sentido, es menester destacar que este Gobierno se encuentra abocado no solo al cumplimiento de la manda judicial ut supra mencionada, sino también a resolver la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los habitantes de las villas 31 y 31 bis, garantizando sus derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la seguridad, a la salud, al desarrollo integral y digno;

Que de conformidad con lo hasta aquí expuesto, el articulo 5° de Decreto N° 404/09 establece entre las funciones de la Mesa de Coordinación y Trabajo la de dar cumplimiento a la manda judicial que nos ocupa;

Que dicha Mesa de Coordinación tiene dependencia directa de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y se encuentra integrada por representantes del Ministerio de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Económico, de Ambiente y Espacio Público, de Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y de la Agencia Gubernamental de Control;

Que por sus características especiales resulta pertinente modificar el artículo 3° del Decreto N° 404/09, incorporando como miembro de la Mesa de Coordinación y Trabajo a un integrante designado por el Jefe de Gabinete de Ministros;

Que asimismo, resulta conveniente facultar a la Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar los actos y normas que sean necesarios a los fines de implementar lo normado por el Decreto N° 404/09;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.-Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 404/09 el que quedará redactado de la siguiente forma: La Mesa de Coordinación y Trabajo estará conformada por los representantes que a tal fin designen los titulares de los Ministerios de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Económico, de Ambiente y Espacio Público, de Desarrollo Social, de Desarrollo urbano, de la Agencia Gubernamental de Control y de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Articulo 2°.- Facúltase a la Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar los actos y normas complementarias a los fines de la implementación del Decreto N° 404/09.

Artículo 3°.-El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente y Espacio Público, de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, y de Justicia de Seguridad, por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.-Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Agencia Gubernamental de Control, y para su conocimiento de demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 del Dto 830-09 Modifica el artículo 3° del Decreto 404-09
COMPLEMENTA
<p>Art 2 del Dto 830-09 Faculta a la Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar los actos y normas complementarias a los fines de la implementación del Decreto N° 404-09</p>