RESOLUCIÓN 374 2009 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL ANÁLISIS DEL PROYECTO TÚNELES 9 DE JULIO BAJO AVENIDA 9 DE JULIO, ENTRE AUTOPISTA 25 DE MAYO ARTURO FRONDIZI Y AUTOPISTA ILLIA AVENIDA DEL LIBERTADOR

Publicación:

30/09/2009

Sanción:

21/09/2009

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO: El Expediente N° 45.324/09 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el citado expediente tramita la el proyecto Túneles 9 de Julio bajo Avenida 9 de Julio, entre Autopista 25 de Mayo Arturo Frondizi y Autopista Il ia Avenida del Libertador, siendo su titular la empresa Autopistas Urbanas S.A.;

Que, en el contexto de la Ley N° 123 la obra a realizar ha sido categorizada Con Relevante Efecto Ambiental (CRE) requiriendo en forma obligatoria y en un todo de acuerdo con el artículo 30 de la Constitución de la Ciudad, la realización de una Evaluación Ambiental y su discusión en Audiencia Pública;

Que, atento el estado de las actuaciones, en las que luce agregado a fs. 68/82 el Informe N° 9.748-DGET-09, elaborado por la Unidad de Coordinación de Impacto Ambiental, ratificado por el señor Director de Evaluación Técnica, respecto del mérito del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental presentado por el recurrente;

Que, además se ha expedido la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental en orden a la competencia atribuida por el Decreto N° 220-GCBA-07 y Resolución N° 300- MAyEPGC-08;

Que, a fs. 85/98 , se encuentra agregado el Dictamen Técnico previsto en el artículo 9°, inc. d) de la Ley N° 123, suscripto por esta Presidencia, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 123;

Que, en mérito a tales antecedentes corresponde proceder a la convocatoria de una Audiencia Pública para la discusión y evaluación de la propuesta;

Que, de acuerdo con el Art. 6° del Anexo I del Decreto N° 1.352/GCBA/02, ha sido delegada en la Autoridad de Aplicación la convocatoria a Audiencia Pública a que hace referencia el Art. 26 de dicha ley, sin perjuicio de la intervención que le cabe a la Subsecretaria de Atención Ciudadana, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, de conformidad con las citadas normas y en la prosecución del trámite previsto en el Capítulo VII de la Ley de Impacto Ambiental, el l amado a Audiencia Pública tiene por finalidad consultar en forma simultánea, en pie de igualdad y a través del contacto directo con los vecinos, organizaciones intermedias, sindicatos, empresarios, funcionarios, académicos, urbanistas y todo otro interesado en el proyecto presentado de la manera mas amplia que sea posible, estimulando de esta manera la participación ciudadana y favoreciendo la toma de decisiones y la transparencia en la gestión pública;

Que, hasta tanto se celebre la Audiencia Pública y a los efectos de las tomas de vista y de la inscripción de quienes quieran intervenir con el carácter de participantes, se procederá a abrir el correspondiente Registro y poner a su disposición el Expediente N° 45.324/09 en la Subsecretaría de Atención Ciudadana sita en Avenida de Mayo 591, piso 1°, teléfono/fax 4331-1581 interno 225, desde el lunes 05 de octubre hasta el miércoles 28 de octubre inclusive, en el horario de 11.00a 18.00 horas;

Que, el cumplimiento de la difusión de la Audiencia prevista establece el deber de publicitar la convocatoria de la misma con una antelación no menor de veinte (20) días hábiles respecto de la fecha fijada para su realización y en espacio razonable, como mínimo en dos (2) de los diarios de mayor circulación en la Ciudad , en días diferentes, durante como mínimo (un) 1 día ; en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, durante un período de dos (2) días; y en la Emisora Radial de la Ciudad de Buenos Aires, durante un período de cinco (5) días.

Por el o, y en virtud de las facultades que le asigna la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 53- GCBA/08;

LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.-Convócase a Audiencia Pública, de conformidad con el Art.26° de la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y bajo el régimen de la ley N° 6 y sus modificatorias, para el día martes 03 de noviembre a las 11.00 horas en la Sala F del Centro Cultural General San Martín, sito en la calle Sarmiento N° 1.551 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.-El objeto de la Audiencia Pública convocada por el Art. 1° es el análisis del proyecto Túneles 9 de Julio bajo Avenida 9 de Julio, entre Autopista 25 de Mayo Arturo Frondizi y Autopista Il ia Avenida del Libertador, cuyo titular es la empresa Autopistas Urbanas S.A.

Artículo 3°.-El organismo de implementación encargado de organizar la Audiencia Pública convocada por el Art. 1° del presente, es la Subsecretaría de Atención Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la que debe disponer la apertura del registro de Participantes.

Artículo 4°.-La documentación técnica correspondiente debe ser aportada por la Agencia de Protección Ambiental.

Artículo 5°.-Los participantes deben inscribirse y tomar vista del Expediente en la Subsecretaría de Atención Ciudadana, sita en Av. de Mayo 591, piso 1°, teléfono/fax 4331.1581 interno 225, desde el lunes 05 de Octubre hasta el miércoles 28 de octubre inclusive, en horario de 11.00 a 18.00 horas.

Artículo 6°.-La difusión de la Audiencia Pública debe ser realizada en dos (2) de los diarios de mayor circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días diferentes, durante un (1) día, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires durante dos (2) días y en la emisora Radial de la Ciudad, durante cinco (5) días.

Artículo 7°.-Establécese que la Audiencia Pública será presidida por la suscripta, en su carácter de Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental, haciendo expresa reserva de la facultad de delegar esta función en otro funcionario del área. La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de la Subsecretaria de Atención Ciudadana.

Artículo 8°.-Los gastos que irrogue la publicación, logística, equipamiento, material de apoyo, grabación, desgrabación, versión taquigráfica y confección del Acta de la Audiencia deben ser solventados en forma exclusiva por los responsables del emprendimiento objeto de la misma.

Artículo 9°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la parte interesada y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Atención Ciudadana. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 374-09 convoca a audicencia pública para el análisis del proyecto de construcción de túneles en Av. 9 de julio, convocado por Res. 515-09