RESOLUCIÓN 515 2009 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
Síntesis:
ENCOMIENDA A AUTOPISTAS URBANAS SA EL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE TÚNELES EN LA AVENIDA 9 DE JULIO
Publicación:
23/07/2009
Sanción:
01/07/2009
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
VISTO: la Ley N° 3.060; la Ley N° 2.506 y el Decreto N° 1.721/04, y
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto N° 1.721/04, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la Concesión de Obra Pública sobre la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad de Buenos Aires, definida en el Artículo 4° del precitado Acto Administrativo;
Que dicha concesión fue por el plazo de cinco años, comenzando a regir el mismo desde el día 29 de Septiembre de 2.004;
Que el artículo 6° estableció que la autoridad de aplicación de la concesión correspondía a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento;
Que según las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.506 la autoridad de aplicación de la Concesión pasó al Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que por la Ley N° 3.060 se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la Concesión de Obra Pública de la Red de Autopistas y Vías interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires por el plazo de veinte (20) años, a partir de la expiración de la Concesión otorgada por el Decreto 1.721/04;
Que por el art. 7° de la Ley N° 3.060 se designa al Ministerio de Desarrollo Urbano como Autoridad de Aplicación, facultándolo para reglamentar la Concesión, definir el Plan de Obras e Inversiones, efectuar los ajustes que permitan la efectiva concreción de las obras y dictar las normas complementarias que fueran menester;
Que resulta conveniente fijar el Plan de Obras que AUSA deberá ejecutar a partir de la entrada en vigencia de la nueva Concesión;
Que la Av. 9 de Julio forma parte de la red Concesionada a Autopistas Urbanas S.A;
Que las Avenidas del Libertador y Pte. Figueroa Alcorta son vías alternativas a la Red que configura la Autopista Illia, la Av. Lugones y la Av. Cantilo, y su mejoramiento redundará en una mejor calidad de servicio para los usuarios de la Red;
Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra planificando un importante reordenamiento de la movilidad en el área central de la Ciudad, en la que AUSA y la Red que se le ha otorgado en Concesión forma parte fundamental;
Que, en dicho razonamiento, y ante las restricciones presupuestarias existentes en la Ciudad de Buenos Aires, resulta conveniente encomendar a AUSA la ejecución del proyecto âParque Central Norteâ, cuyo anteproyecto ha sido confeccionado por este Ministerio;
Que la Concesión a favor de AUSA permite encarar obras de magnitud que pueden ser afrontadas sin necesidad de utilizar recursos fiscales, habida cuenta del flujo futuro de fondos que la Concesión a largo plazo asegura;
Que, a mérito de ello, este Ministerio considera oportuno y conveniente modificar el Plan de Obras encomendado a Autopistas Urbanas S.A.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Encomiéndase a Autopistas Urbanas S.A. el Diseño, Construcción, Mantenimiento y Operación de las obra âTúneles en Av. 9 de Julioâ; con un plazo de habilitación de la obra previsto para el día 29 de Mayo de 2.011, con un monto estimado de inversión de Pesos Ochocientos Treinta Millones ($830.000.000.-).
Artículo 2°: Encomiéndase a Autopistas Urbanas S.A. el Diseño, Mantenimiento y Operación de la obra âParque Central Norteâ, a ser ejecutada durante el año 1 de la Concesión otorgada por la Ley N° 3.060, con una inversión estimada de Pesos Setenta y Siete Millones ($77.000.000.-).
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a Autopistas Urbanas S.A. para su conocimiento y registro. Cumplido, archívese.