RESOLUCIÓN 269 2009 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
Síntesis:
SE EXCLUYE LISTADO DE PRODUCTOS DEL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 232-UPE- UOAC-09 - PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y BIOLÓGICOS - DROGAS BASE - COMPRAS Y CONTRATACIONES - NUTROTERAPÉUTICOS-ALIMENTOS - MODIFICACIÓN - GASA HIDRÓFILA TUBULAR DOBLADA- PUNTA PARA PIPETA - MINISTERIO DE SALUD - LISTADO DE MEDICAMENTOS DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA
Publicación:
02/10/2009
Sanción:
02/09/2009
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
VISTO: La ley N° 2.095, el Decreto N° 754/08, el Decreto N°1353/GCABA/08, y la Resolución N°232/UPE-UOAC/2009, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley 2.095, reglamentada por el Decreto N°754/08, se establecieron los lineamientos básicos que deben observarse en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector público de la ciudad;
Que, por el Decreto N°1353/GCABA/08 se creó la Unid ad Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC)en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda (UPE-UOAC), la cual tiene a su cargo la coordinación agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos, por si o por terceros;
Que, en su artículo 6°, el mencionado Decreto N°135 3/08, faculta al Directorio de la Unidad de Proyectos especiales a establecer un listado de insumos, productos biomédicos y servicios de contratación centralizada y aprobar el Manual de Procedimientos para la adquisición bajo modalidad unificada de acuerdo a lo establecido por el artículo 42 de la Ley 2.095 antes mencionada;
Que a fin de cumplir con el objetivo indicado en el párrafo que antecede, se dictó la Resolución N° 232/UPE-UOAC/2.009 que estableció la utilización de la modalidad de orden de compra abierta para la adquisición centralizada de medicamentos por la UPE-UOAC y aprobó el Listado de Medicamentos a ser adquiridos mediante la misma;
Que este Directorio advierte a la fecha, que algunos productos mencionados en el Listado de Medicamentos de la Resolución N° 232/UP E-UOAC/2009 (Carpeta Interna N° 58/UPE-UOAC/2009) presentan características espe cíficas tales que hacen que su adquisición centralizada resulte inapropiada;
Que en particular, se trata de: drogas base cuyo fraccionamiento requiere de habilitaciones especiales no otorgadas a todas las Droguerías; nutroterapéuticos/alimentos de uso general suministrados por proveedores distintos a aquellos que podrían abastecer de medicamentos al Sistema de Salud del la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y finalmente, algunos medicamentos respecto de los cuales se ha constatado que, tal como se encuentran catalogados en el NNE, no existe presentación comercial en el mercado;
Que así las cosas, corresponde excluir los productos aludidos en el párrafo precedente del Listado de Medicamentos que como Anexo I forma parte de la Resolución N°232/UPE-UOAC/2.009;
Que, por otra parte, de la observación del Anexo II de la Resolución N°232/UPE- UOAC/2009 surge que se han consignado erróneamente los números de catalogo 90717003 y 5064515 en lugar 9049360 y 9017758 respectivamente, razón por la cual corresponde proceder a su inmediata rectificación;
Que, en relación a lo expuesto en el párrafo que antecede y a mayor abundamiento, corresponde precisar que el error involucra a los productos que según la descripción del Administrador de Catalogo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se denominan: Gasa Hidrofila Tubular Doblada, de medida final 10cmx 10 cm doblado quirúrgico, embasada en pouch y Punta para Pipeta (TIP) Amarilla, en ese orden;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, 5° y 11° del Decreto N° 1353/GCABA/08 y la legislación vigente,
EL DIRECTORIO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) CON
CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL
RESUELVE:
Artículo 1°.- Exclúyese del Anexo I de la Resolución de la Resolución N°232/UPE- UOAC/2.009, el listado de productos que como Anexo A se adjunta y forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Rectificase el Anexo II de la Resolu ción N°232/UPE-UOAC/2.009 sustituyéndose el producto listado bajo el N°210 de l Anexo con el NNE 9017003 por el NNE 9049360 y el producto listado bajo el N°933 del Anexo con el NNE 5064515 por NNE 9017758.
Artículo 3°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los interesados. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO