DECRETO 914 2009
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SE TRANSFIERE AL ORGANISMO FUERA DE NIVEL CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - COPE Y LA UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA CIUDAD - UCPE - TRANSFIERE - PATRIMONIO - PERSONAL PREUPUESTO
Publicación:
20/10/2009
Sanción:
13/10/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: el artículo 19 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 310 y 2.506, los Decretos Nros. 2.075/07 y 434/09, y el Expediente N° 1176939/09, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2.075/07 establece la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y asigna objetivos y responsabilidades primarias a sus unidades de organización;
Que por el artículo 2° del Decreto N° 434/09, se modifica dicha estructura, poniendo bajo la órbita de la Secretaría General, entre otros, al organismo Fuera de Nivel Consejo de Planeamiento Estratégico (COPE) y a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico de la Ciudad (UCPE);
Que conforme lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ley N° 310, el Consejo de Planeamiento Estratégico (COPE) es un órgano de carácter consultivo en el ámbito del Poder Ejecutivo, con iniciativa legislativa y presidido por el señor Jefe de Gobierno;
Que resulta conveniente transferir dicho órgano de la Secretaría General a la Jefatura de Gobierno, a efectos de mejorar su funcionamiento;
Que criterios de coordinación, eficiencia funcional y organizativa recomiendan adoptar igual medida en relación a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico de la Ciudad (UCPE).
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Transfiérense de la órbita de la Secretaría General a la órbita de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el organismo Fuera de Nivel Consejo de Planeamiento Estratégico (COPE) y la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico de la Ciudad (UCPE), con sus respectivas misiones, funciones, personal, patrimonio y presupuesto, quedando, en consecuencia, modificado el Decreto N° 434/09.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes a los fines de la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría General, al Ministerio de Hacienda, al organismo Fuera de Nivel Consejo de Planeamiento Estratégico (COPE) y a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico de la Ciudad (UCPE) y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de Contaduría y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.