ACTA 2390 2009 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA PUNTOS NROS.15, 34, 35 Y 36 - DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR ANGÉLICA NOEMI GHIRINGHELLI - APRUEBA ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - CONTRATO DE OBRA PÚBLICA - BARRIO SOLDATI - EX VILLA 3, MANZANA 109D - OBRA 4 - 55 VIVIENDAS, OBRAS EXTERIORES Y PAVIMENTOS - LICITACIÓN PÚBLICA 47-04 - EMPRESA RAFFO Y MAZIERES SA - ADICIONAL DE OBRA ESTACIÓN BOMBEO CLOACAL - ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA 20-09 COMPRA AGUA ENVASADA, VASOS DESCARTABLES Y DISPENSERS

Publicación:

30/10/2009

Sanción:

16/10/2009

Organismo:

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


CONT. ACTA DE DIRECTORIO N° 2.390/D/09

Buenos Aires 16 de octubre de 2009.

Punto N° 15: Desestimar el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. GHIRINGHELLI, Angélica Noemí, DNI N° 17.513.025, contra el Punto 1 del Acta de Directorio N° 2343/D/08 por el cual se le rechazó la solicitud de regularización financiera de la UF 14 Cochera del Barrio Irala, UC N° 87.763, sita en Irala 170/80.

Visto la Nota N° 10.086/IVC/2006 con sus agregados, y; Considerando: Que por Punto 1 del Acta N° 2343/D/08 se resolvió rechazar la solicitud de regularización financiera de la UF 14 Cochera del Barrio Irala, UC N° 87.763, sita en Irala 170/80, solicitada por la titular Sra. GHIRINGHELLI, Angélica Noemí, DNI N° 17.513.025.

Que con fecha 08/08/08 la requirente se notifica de ello según constancia de fs. 64 vta., manifestando su disconformidad y reiterando nuevamente el pedido de regularización financiera con quita de los intereses punitorios.

Que en virtud del principio del informalismo a favor del particular en materia de derecho público, se le asignó a dicho planteo el carácter de Recurso de Reconsideración, interpuesto contra el acto dictado por la máxima autoridad del Organismo Autárquico IVC.

Que habiéndose incoado dicha presentación en tiempo oportuno, corresponde su admisión formal y su rechazo en cuanto al planteo de fondo, toda vez que la recurrente no aportó nuevos argumentos jurídicos o fácticos que permitiesen enervar los fundamentos del acto administrativo recurrido.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos tomó competente intervención.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE: 1°) Desestimar el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. GHIRINGHELLI, Angélica Noemí, DNI N° 17.513.025, contra el Punto 1 del Acta de Directorio N° 2343/D/08, confirmándose en todos sus términos el acto impugnado y estableciéndose que ha quedado agotada la vía administrativa.

2°) Encomendar a la Subgerencia Coordinación General Administrativa, la notificación del presente punto mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97, haciéndole saber a la recurrente que, con el dictado del presente acto administrativo, ha quedado agotada la vía administrativa, ello sin perjuicio del Recurso de Alzada previsto en el Art. 113 de la mentada norma.

3°) Publicar por 1 día en el B.O.C.B.A. y comunicar a la Gerencia General, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, y Regularización Dominial y Notarial. Cumplido pase a esta última para la prosecución del trámite.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.

Petrini Moyano Barro Apelbaum

PUNTO N° 34: Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios a Junio 2008 Contrato de Obra Pública, Barrio Soldati, Ex Villa 3, Manzana 109D, Obra 4 (55 viviendas, Obras Exteriores y Pavimentos), Licitación Pública N° 47/04, empresa RAFFO Y MAZIERES S.A.

Visto la Nota N° 5.724/IVC/04 alcance N° 771, y; Considerando: Que por la mencionada actuación la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A, solicitó Redeterminación de Precios de la obra señalada.

Que la Gerencia Técnica informó que se procedió a realizar la presente Redeterminación con Índices de Materiales y Mano de Obra del INDEC, basándose en los Decretos de N y U N° 2/03 y Decreto Reglamentario N° 2119/03.

Que posteriormente agregó que la última redeterminación de precios corresponde al mes de Agosto de 2007 y fue aprobada por Acta N° 2344 Punto N° 10 y rectificada por Acta N° 2352 Punto N° 13.

Que respecto del avance de la obra, manifiesta que el porcentaje de avance al 1° de Junio de 2008 asciende al 97,70%, dándose por cumplido los alcances de los Arts. 4 y 5 del DNU N° 2/GCBA/03.

Que en el período Agosto 2007 / Junio 2008 se ha dado una variación de precios de referencia del 16%, habiendo transcurrido un lapso de 10 meses desde la última redeterminación.

Que respecto al monto que arroja la redeterminación de precios a Junio de 2008 con precios de Junio de 2008, se informa que la Empresa presenta su estudio, solicitando un monto faltante de $908.142,68 cuando en rigor de verdad y según el análisis hecho por la Subgerencia Certificaciones y Cómputos del IVC, el mismo debe ser de $508.625,31.

Que a raíz de lo expuesto, la Gerencia Técnica informa que el monto faltante a aprobar por Redeterminación de Precios a partir del 1° de Junio de 2008, con precios a Junio de 2008, asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO CON 31/100 ($508.625,31).

Que por último, el área técnica expone que el monto objeto de reserva financiera asciende a la suma de $59.664,99.

Que se ha efectuado la afectación preventiva correspondiente mediante Formulario N° 379/09.

Que la contratista dentro del plazo de tres (3) días de firmado que sea el proyecto que aquí se aprueba, deberá ampliar la garantía de adjudicación oportunamente constituida en proporción al monto redeterminado, mediante la constitución de una Póliza de Seguro de Caución que cumplimente los extremos fijados en la documentación contractual.

Que la contratista, al suscribir el Acta de Redeterminación de Precios a Junio de 2008, deberá renunciar (en forma expresa) a efectuar reclamos por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, relacionados con hechos acaecidos con anterioridad al proyecto de redeterminación que se aprueba.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE: 1°) Aprobar el Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios a Junio de 2008 correspondientes al Contrato de Obra Pública: Barrio Soldati, Ex Villa 3, Manzana 109D, Obra 4 (55 viviendas, Obras Exteriores y Pavimentos), Licitación Pública N° 47/04, contratada con la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A, cuyo ejemplar en 3 folios se adjunta como Anexo I y pasa a formar parte integrante de la presente.

2°) El Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios aprobado por el art. 1° del presente, deberá ser suscripto por el Sr. Gerente General de este Instituto de Vivienda conforme lo dispuesto por Acta de Directorio N° 2336/D/2008.

3°) Establecer que la Contratista dentro del plazo de tres (3) días de firmado los ejemplares del proyecto aprobado por Art. 1°, ampliará la Garantía de adjudicación oportunamente constituida en proporción a la redeterminación proyectada, como así también la ampliación de los seguros correspondientes.

4°) Tener presente que la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A deberá renunciar en forma expresa a efectuar reclamos por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, relacionados con hechos acaecidos con anterioridad a la redeterminación proyectada.

5°) El presente gasto será solventado conforme la previsión efectuada mediante Formulario N° 379/09.

6°) La Gerencia Técnica notificará a la Contratista lo resuelto.

7°) Comunicar a la Gerencias General, Técnica, Administración y Finanzas y Asuntos Jurídicos. Cumplido pase a la Gerencia Técnica.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Petrini Moyano Barro Apelbaum

PUNTO N° 35: Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios a Junio 2008 del Adicional de Obra Estación Bombeo Cloacal Contrato de Obra Pública, Barrio Soldati, Ex Villa 3, Manzana 109D, Obra 4 (55 viviendas, Obras Exteriores y Pavimentos), Licitación Pública N° 47/04, empresa RAFFO Y MAZIERES S.A.

Visto la Nota N° 5.724/IVC/04 alcance N° 772, y; Considerando:

Que por la mencionada actuación la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A, solicitó Redeterminación de Precios a Junio de 2008 del Adicional de la obra señalada.

Que la Gerencia Técnica informó que se procedió a realizar la presente Redeterminación con Indices de Materiales y Mano de Obra del INDEC, basándose en los Decretos de N y U N° 2/03 y Decreto Reglamentario N° 2119/03.

Que posteriormente agregó que la última redeterminación de precios corresponde al mes de Agosto de 2007 y fue aprobada por Acta N° 2348 Punto N° 14.

Que respecto del avance de la obra, manifiesta que el porcentaje de avance al 1° de Junio de 2008 asciende al 91,60%, dándose por cumplido los alcances de los Arts. 4 y 5 del DNU N° 2/GCBA/03.

Que en el período Agosto 2007 / Junio 2008 se ha dado una variación de precios de referencia del 16%, habiendo transcurrido un lapso de 10 meses desde la última redeterminación.

Que respecto al monto que arroja la redeterminación de precios a Junio de 2008 con precios de Junio de 2008, se informa que la Empresa presenta su estudio, solicitando un monto faltante de $184.438,38 cuando en rigor de verdad y según el análisis hecho por la Subgerencia Certificaciones y Cómputos del IVC, el mismo debe ser de $184.362,01.

Que a raíz de lo expuesto, la Gerencia Técnica informa que el monto faltante a aprobar por Redeterminación de Precios a partir del 1° de Junio de 2008, con precios a Junio de 2008, asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 01/100 ($184.362,01).

Que por último, el área técnica expone que el monto objeto de reserva financiera asciende a la suma de $24.433,42.

Que se ha efectuado la afectación preventiva correspondiente mediante Formulario N° 384/09.

Que la contratista dentro del plazo de tres (3) días de firmado que sea el proyecto que aquí se aprueba, deberá ampliar la garantía de adjudicación oportunamente constituida en proporción al monto redeterminado, mediante la constitución de una Póliza de Seguro de Caución que cumplimente los extremos fijados en la documentación contractual.

Que la contratista, al suscribir el Acta de Redeterminación de Precios del Adicional a Junio de 2008, deberá renunciar (en forma expresa) a efectuar reclamos por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, relacionados con hechos acaecidos con anterioridad al proyecto de redeterminación que se aprueba.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE: 1°) Aprobar el Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios a Junio de 2008 correspondientes al Adicional de Obra Estación Bombeo Cloacal - Contrato de Obra Pública: Barrio Soldati, Ex Villa 3, Manzana 109D, Obra 4 (55 viviendas, Obras Exteriores y Pavimentos), Licitación Pública N° 47/04, contratada con la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A, cuyo ejemplar en 3 folios se adjunta como Anexo I y pasa a formar parte integrante del presente.

2°) El Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios aprobado por el art. 1° del presente, deberá ser suscripto por el Sr. Gerente General de este Instituto de Vivienda conforme lo dispuesto por Acta de Directorio N° 2336/D/2008.

3°) Establecer que la Contratista dentro del plazo de tres (3) días de firmado los ejemplares del proyecto aprobado por Art. 1°, ampliará la Garantía de adjudicación oportunamente constituida en proporción a la redeterminación proyectada, como así también la ampliación de los seguros correspondientes.

4°) Tener presente que la empresa RAFFO Y MAZIERES S.A deberá renunciar en forma expresa a efectuar reclamos por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, relacionados con hechos acaecidos con anterioridad a la redeterminación proyectada.

5°) El presente gasto será solventado conforme la previsión efectuada mediante Formulario N° 384/09.

6°) La Gerencia Técnica notificará a la Contratista lo resuelto.

7°) Comunicar a la Gerencias General, Técnica, Administración y Finanzas y Asuntos Jurídicos. Cumplido, pase a la Gerencia Técnica.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.

Petrini Moyano Barro Apelbaum

PUNTO N° 36: Rectificar el Art. 1 del Punto 10 del Acta de Directorio N° 2388 referido a la adjudicación de la Contratación Directa N° 20/09 Compra Agua Envasada, Vasos Descartables y Dispensers para el Organismo.

Visto la Nota N° 13.541/IVC/2008 con sus agregados, y;

Considerando:

Que por Punto 10 del Acta N° 2388/D/09 de fecha 08 de Septiembre de 2009 y de conformidad con el Acta de Preadjudicación N° 18/09, se adjudicó la Contratación Directa N° 20/09 referida, a la Empresa LA GRUTA S.R.L. por la suma total de $115.430,00.

Que con posterioridad, toman nueva intervención los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, informando que han detectado un error involuntario en el monto total adjudicado.

Que en este orden informan que los montos por renglón son correctos pero al momento de realizar la sumatoria se reflejó un total incorrecto de $115.430,00 en lugar de $110.040,00, suma correcta.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos tomó competente intervención.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE: 1°) Rectificar el Art. 1 del Punto 10 del Acta de Directorio N° 2388 referido a la adjudicación de la Contratación Directa N° 20/09, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Adjudicar la Contratación Directa N° 20/09 Compra Agua Envasada, Vasos Descartables y Dispensers para el Organismo a la firma LA GRUTA S.R.L. (Oferta N° 2) por un total de Pesos Ciento Diez Mil Cuarenta con 00/100 ($110.040,00), conforme Anexo I que se acompaña y pasa a formar parte integrante de la presente.

2°) Comunicar a la Gerencia General, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, y Logística. Cumplido pase al Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas para las notificaciones correspondientes, publicaciones de ley y demás pasos tendientes a la prosecución del trámite.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Petrini Moyano Barro Petrini


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma se encuentra e la SEPARATA del BOCBA 3290 del 30/10/2009

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Acta 2390 Rectifica el Art. 1 del Punto 10 del Acta de Directorio 2388-09