DECRETO 996 2009

Síntesis:

SE RATIFICA PERMISO DE USO PRECARIO Y GRATUITO A FAVOR DEL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS VOLVER A VIVIR - EXPLOTACIÓN DEL ESPACIO DE DOMINIO PÚBLICO UBICADO BAJO LA PROYECCIÓN DEL TRAZADO DE LA AUTOPISTA PERITO MORENO - AU 6 - CALLE RESERVISTAS ARGENTINOS 452 - REMANENTE DE EXPROPIACIÓN

Publicación:

13/11/2009

Sanción:

09/11/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: los Decretos Nros. 1721/04, 2075/07, 447/08, el Expediente N° 26672/09, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, se propicia la ratificación del Permiso de Uso Precario y Gratuito a favor del Centro de Jubilados y Pensionados Volver a Vivir, para la explotación del espacio de Dominio Público ubicado bajo la proyección del trazado de la Autopista Perito Moreno (AU 6) sito en el remanente de expropiación con frente sobre la calle Reservistas Argentinos 452, identificado catastralmente como Circunscripción: 1, Sección: 95, Manzana: 18, Parcela 8e;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto N° 1721/04 se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la explotación por si o por terceros de los espacios genéricamente denominados bajos de autopistas y remanentes de expropiación correspondientes a la red concesionada, del que formaba parte el predio aludido en el primer considerando;

Que por Decreto N° 447/08, se revocó dicho otorgamiento, confiriéndose la administración y explotación de dichos espacios a la Dirección General de Concesiones;

Que el Centro de Jubilados Volver a Vivir se encontraba ocupando el remanente de expropiación referido, en virtud de un contrato suscripto con Autopistas Urbanas S.A., cuyo vencimiento operó el 30 de abril del 2007;

Que la Dirección General de Concesiones suscribió un Permiso de Uso Precario y Gratuito por el término de cinco (5) años, computándose retroactivamente a la fecha de vencimiento del convenio suscripto con Autopistas Urbanas S.A., considerando que beneficiaría a la ciudad en su aspecto social, ya que el centro brinda a los ancianos un lugar donde realizar diferentes actividades que lleva a los mismos a integrarse y relacionarse;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención que le compete, en virtud de la Ley N° 1.218.

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias, de acuerdo a lo establecido en el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Ratifícase el Permiso de Uso Precario y Gratuito suscripto con fecha veintiocho (28) de Abril de 2009, entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Director General de Concesiones, y el Centro de Jubilados y Pensionados Volver a Vivir que como Anexo forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Económico y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación fehaciente al interesado, gírese a la Dirección General de Concesiones. Cumplido Archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto 996-09 ratifica permiso de uso a favor del Centro de Jubilados y Pensionados Volver a Vivir, del espacio de Calle Reservistas Argentinos 452, Otorgado a la Dirección General de Concesiones mediante Dto 447-08