RESOLUCIÓN 133 2009 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

APRUEBA TEXTO - CONVENIO A SUSCRIBIRSE ENTRE EL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONOMICO BNIFICACIÓN DE TASAS DE INTERÉS CRÉDITOS DESTINADOS A FINANCIAR EMPRENDIMIENTOS Y- NEGOCIOS DE RECIENTE CREACIÓN - BENEFICIARIOS QUE PARTICIPAN Y- PARTICIPARON CONCURSO DESARROLLO EMPRENDEDOR 2009, PROGRAMA DE FOMENTO AL ESPÍRITU Y LA CULTURA EMPRENDEDORA Y DESARROLLEN SU PROYECTO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Publicación:

30/11/2009

Sanción:

13/11/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO: la Ley N° 470, el Decreto N° 790/08, la Resolución N° 11/SSDE/08 y el Expediente N° 1325270/09; y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 790/2008 creó el Programa Ciudad Competitiva, en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, mediante el mencionado Programa se apunta a mejorar las condiciones de acceso al crédito de las Pequeños y Medianas Empresas (PyMEs) porteñas, tanto del sector industrial como de servicios, a través del subsidio parcial de tasas de interés de los préstamos a ser otorgados por el Banco Ciudad de Buenos Aires destinados a la promoción y el desarrollo de proyectos que tengan su principal centro de producción o realicen la mayor parte de sus actividades productivas en un establecimiento ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° del citado decreto designó a la Subsecretaría de Desarrollo Económico como Autoridad de Aplicación del referido programa, quedando facultada para suscribir convenios específicos con el Banco Ciudad de Buenos Aires;

Que a través de la Resolución N° 11/SSDE/09 se convocó al concurso Desarrollo Emprendedor 2009, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendora, cuyos beneficiarios son emprendedores que residen y/o trabajan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los cuales recibieron a través del mismo servicios de capacitación y/o asistencia técnica por parte de instituciones sin fines de lucro y/o educativas seleccionadas a tal efecto, para desarrollar proyectos y/o fortalecer emprendimientos de reciente creación;

Que el trabajo conjunto entre esta Subsecretaría y el Banco Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Programa Ciudad Competitiva, ha generado condiciones favorables para ampliar la operatoria a otro segmento importante de la actividad productiva y/o de negocios porteños con características específicas;

Que, en ese contexto, se ha resuelto diseñar una nueva operatoria específica destinada a disminuir el costo del financiamiento para los emprendedores que participan y/o participaron del programa Desarrollo Emprendedor 2009, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendora, que contando con un proyecto de negocios consistente necesiten fortalecer sus emprendimientos, a través de créditos a ser otorgados por el Banco Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo resulta necesario establecer una bonificación adicional para aquellos emprendedores que desarrollen sus actividades en la Zona Sur de la Ciudad, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 470;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el texto del Convenio a suscribirse entre el Banco Ciudad de Buenos Aires y la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, que como Anexo forma parte integrante de la presente, cuyo objetivo es la bonificación de tasas de interés de los créditos destinados a financiar emprendimientos y/o negocios de reciente creación, y cuyos beneficiarios serán emprendedores que participan y/o participaron en el concurso Desarrollo Emprendedor 2009, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora y desarrollen su proyecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Establécese para el programa de bonificación de tasa de interés para créditos otorgados por el Banco Ciudad de Buenos Aires destinados a financiar a los emprendedores que participaron del concurso Desarrollo Emprendedor 2009, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora la suma total de pesos diez mil ($ 10.000.-), imputándose a la partida presupuestaria N° 65.653.20.0.0.5.0.90.11.5.1.9.11. La Autoridad de Aplicación podrá ampliar dicha suma en el futuro en caso de considerarlo necesario, en función del crédito presupuestario vigente y del grado de ejecución de línea por parte del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología. Cumplido, Archívese.


ANEXOS

El Anexo puede consultarse en la Separata BOCBA 3311

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Res 133-SSDE-09 aprueba texto de Convenio a suscribirse entre el Banco Ciudad y la Subsecretaría de Desarrollo Económico en el marco del Dec 790-08