DECRETO 1044 2009

Síntesis:

SE EXCEPTÚA DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS POR RESOLUCIÓN N° 2.495-MJG-MH-09 AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE OBRA - SERVICIOS - EXCEPCIÓN - EXCEPCIONES - TRAMITACIÓN - PROCEDIMIENTO - CONTRATACIONES - PERSONAL CONTRATADO

Publicación:

03/12/2009

Sanción:

24/11/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Los Decretos N° 60/08, N° 539/08, N° 493/09, N° 909/09, N° 915/09, la Resolución Conjunta N° 2495/MJGGC/MHGC/09, la Resolución N° 2107/MHGG/09 y el Expediente N° 1376470/2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 60/08 se facultó al/la titular de la Vicejefatura del Gobierno, a los/as Ministros/as y Secretarios/as del Poder Ejecutivo y los/as funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios y/u obra hasta un monto máximo de pesos seis mil ($6.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y, en caso de superar dicha suma, por Resolución conjunta con el Ministerio de Hacienda;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 493/09 se suspendió toda nueva contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios y por su artículo 15 se facultó a los titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda, para autorizar excepciones cuando razones debidamente acreditadas así lo justificaren;

Que por Resolución N° 2107/MHGC/09 se aprobó el procedimiento para la tramitación de las excepciones a las que se refiere el artículo 15 del Decreto antes citado;

Que el Decreto N° 909/09, derogó el artículo 2° del Decreto N° 493/09;

Que por Decreto N° 915/09, se derogó el Decreto N° 60/2008 y se estableció un nuevo régimen para contrataciones de personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra;

Que por el artículo 9° de la Resolución Conjunta N° 2495/MJGGC/MHGC/09, se estableció que los procesos de contrataciones iniciados con anterioridad al período de vigencia del Decreto N° 915/09, continuarán su tramitación bajo el régimen de su instrumentación hasta su finalización;

Que diversas actuaciones iniciadas por el Ministerio de Educación para las contrataciones de personas bajo los regimenes de locación de servicios y de obra, se encontraban tramitando la excepción encuadrada en el artículo 15 del citado Decreto N° 493/09, por lo que resulta necesario resolver sobre el particular;

Que, asimismo, sin perjuicio de lo establecido por el Decreto N° 539/2008, y con fundamento en el cúmulo de actuaciones administrativas y especificaciones técnicas que en relación al tema en cuestión tramitan ante el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, resulta necesario extender, por vía de excepción, los plazos previstos originalmente en la normativa antes mencionada.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Exceptúase al Ministerio de Educación, hasta el 31 de diciembre del 2009, del cumplimiento de los plazos establecidos para los procedimientos de contrataciones bajo los regímenes de locación de servicios y de obra en las actuaciones encuadradas en el artículo 9° de la Resolución Conjunta N° 2495/MJGGC/MHGC/09.

Artículo 2°- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación, de Hacienda y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Educación, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto; Técnica Administrativa y Legal y de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
Art 1 del Dto 1044-09 Exceptúa al Ministerio de Educación, hasta el 31 de diciembre del 2009, del cumplimiento de los plazos establecidos en las actuaciones encuadradas en el artículo 9° de la Resolución Conjunta N° 2495-MJG-MH-09