RESOLUCIÓN 853 2009 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

SE APRUEBA EL NUEVO CUADRO TARIFARIO LICENCIAS - HABILITACIONES - INSPECCIÓN TÉCNICA - SERVICIO DE HABILITACIÓN Y CONTROL TÉCNICO DE VEHÍCULOS TAXÍMETROS , TRANSPORTE PRIVADO EN COMÚN DE PASAJEROS Y DE CARGA POR CUENTA DE TERCEROS - SACTA SA - ADMINISTRACIÓN - REGISTRO ÚNICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - RUTAX - TAXIS - TARIFAS - TRÁMITES

Publicación:

14/12/2009

Sanción:

26/11/2009

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


VISTO el exp. N° 1313425/09, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 4.921/90 del 01 de octubre de 1990, que fuera rectificado por Decreto 5505/MCBA/1990, se adjudicó la licitación pública para la concesión del Servicio de Habilitación y Control Técnico de Vehículos Taxímetros, transporte privado en común de pasajeros y de carga por cuenta de terceros, en el ámbito de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, al consorcio integrado por INGENIERÍA TAURO S.A.I.C.I.F. CONSTRUCCIONES CIVILES E INDUSTRIALES y B.R.D. S.A.I.C.F.I. y S.G.S. ARGENTINA S.A.;

Que el llamado incluyó el proyecto, financiación, construcción de las obras básicas necesarias, equipamiento, operación del servicio, mantenimiento de las instalaciones, control en la vía publica y explotación de un Servicio Integral de Inspección Técnica de Vehículos que, radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desarrollaran actividades de índole comercial;

Que en fecha 09 de noviembre de 1990 se suscribió el contrato por el cual se adjudicó la concesión de la prestación del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos radicados en la Ciudad de Buenos Aires aplicados al desarrollo de actividades comerciales entre la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y el Consorcio integrado por las empresas Ingeniería Tauro S.A.I.C.I.F., BRD S.A.I.C.F.I. y SGS Argentina S.A. que una vez finalizadas las tramitaciones pertinentes, unificó personería en la sociedad denominada SACTA S.A.;

Que el 23 de julio de 1991 se suscribió la ampliación del referido contrato, el que fue aprobado por Decreto N° 3.812/MCBA/91 (BM N° 19124), por el cual SACTA S.A. se comprometió a llevar a cabo la emisión y renovación de licencias y habilitaciones correspondientes a los vehículos radicados en la Ciudad, afectados a actividades comerciales;

Que el servicio público comprometido tiene por objeto establecer, desde el punto de vista técnico, la aptitud para circular de los vehículos alcanzados, cualquiera fuera su tipo y modelo, en cuanto a sus condiciones para no afectar la seguridad pública y no contaminar el medio ambiente;

Que la inspección técnica de los automóviles constituye un servicio indispensable para garantizar que las características requeridas y aprobadas a los fabricantes, sean mantenidas a través del tiempo en los vehículos en circulación;

Que ulteriormente se asignaron a la mencionada concesionaria las tareas inherentes a la administración del Registro Único de Automóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX), creado por Decreto N° 132/96;

Que el artículo 6 de la ampliación del contrato suscripto con fecha 23 de julio de 1991, entre la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Concesionaria, aprobado por Decreto 3.812/91, previó la adecuación tarifaria ante una eventual distorsión;

Que de un análisis de los últimos incrementos operados en las tarifas del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro surge un porcentaje del 22 % que amerita ser tenido como variable del ajuste;

Que es interés de la administración asegurar el normal funcionamiento del servicio involucrado, dados los beneficios que reporta su continua y regular prestación en pos de garantizar las condiciones mínimas de seguridad en las que deben desenvolver su actividad las unidades con afectación comercial que circulan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a esos fines es que con fecha 23 de septiembre de 2009, el Director General de Concesiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y el Subsecretario de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano, ambos en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron un Acta Acuerdo con la empresa SACTA S.A.;

Que el convenio mencionado regula el Período Transitorio de Continuación de los Servicios concedidos a SACTA S.A., hasta que se produzca la designación de un nuevo concesionario que surgirá del llamado a Licitación Pública que se impone convocar;

Que asimismo, se acuerdan una serie de obligaciones mutuas entre las partes, detalladas las correspondientes al concesionario en el Anexo I, parte integrante del mencionado acuerdo;

Que habiéndose suscripto el referido convenio, ad referéndum del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en uso de facultades emergentes de los artículos 6.6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y concordantes de la normativa específica del contrato, corresponde ratificarlo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete de conformidad a lo establecido por la Ley N°1218;

Que el Decreto 2.075/07 estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y determinó que la Dirección General de Concesiones depende del Ministerio de Desarrollo Económico y que la Subsecretaría de Transporte se encuentra dentro del ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LOS MINISTROS DE DESARROLLO URBANO

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVEN

Art. 1°.- Apruébese el nuevo cuadro tarifario Licencias - Habilitaciones y de Inspección Técnica que como ANEXO I forma parte de la presente, que regirá a partir de su publicación.

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, al Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Trabajo, y a la Dirección General de Protección del Trabajo. Cumplido, remítase a la Dirección General de Transporte, la que notificará a la Dirección General de Concesiones, a la Dirección General de Tránsito y a la empresa concesionaria SACTA S.A., y oportunamente archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 471-MDUGC-MDEGC-10 aprueba nuevo cuadro tarifario s- licencias , habilitaciones modifica Res. 853-MDEGC-MDUGC-09
REGLAMENTA
Res 853-MDE-09 Aprueba el nuevo cuadro tarifario Licencias - Habilitaciones y de Inspección Técnica, en el marco del Convenio suscripto por Dto 3812-91